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junio 24, 2020

Promulga Cuitláhuac García Decreto de Reforma Electoral


A) Entra en vigor este martes, se aplicará en comicios del proceso local 2020-2021.
Xalapa, Ver. | 24 junio de 2020 
Tribuna Libre.- A unas horas de que el Congreso del Estado hiciera la declaratoria de validez oficial de la reforma constitucional en materia electoral, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez hizo la promulgación respectiva y la publicación del Decreto, por lo que a partir de este martes entraron en vigor las nuevas disposiciones que se aplicarán para el proceso comicial local 2020-2021 que renovará las 212 Presidencias Municipales y las 50 Diputaciones locales.

Con la entrada en vigor de la reforma, el Congreso del Estado deberá actualizar normativamente, de inmediato, el Código Electoral de Veracruz y la Ley Orgánica del Municipio Libre, en lo que corresponda.

Las modificaciones legales deberán publicarse a más tardar el último día del mes de julio del presente año y se aplicarán para el proceso electoral local 2020-2021.

Aunado a ello, el Congreso del Estado deberá reformar, a más tardar el 31 de enero del año 2021, las normas legales que estipulan lo relativo a la observancia del principio de paridad de género y será aplicable a quienes tomen posesión de su encargo a partir del proceso electoral local siguiente a la entrada en vigor del Decreto federal publicado el seis de junio del año dos mil diecinueve.

Es decir, deberá adecuar el marco normativo para garantizar que la mujer no sea objeto de discriminación y que tenga los mismos derechos y obligaciones que el hombre en la vida política, social, económica y cultural del Estado. Asimismo, garantizará que la igualdad entre hombres y mujeres se regule también en las denominaciones correspondientes a los cargos públicos, atendiendo el principio de paridad de género.

Así, para el próximo año, serán electos Alcaldes para un periodo de tres años y no de cuatro y tendrán la posibilidad de una reelección hasta por dos periodos consecutivos. La postulación para la reelección sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por alguno de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

También, para el próximo año, se reducirá el número de Consejos Municipales para la elección de Ayuntamientos, por lo que el Organismo Público Local Electoral deberá instalar Consejos Municipales Especiales, en los municipios donde concurran las actividades de dos o más distritos uninominales locales.

Se reducen al 50 por ciento las prerrogativas de los partidos políticos, y los servidores públicos de elección popular no serán sujetos a consulta pública para la permanencia en el cargo.

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