Andrés
Manuel López Obrador detalló esta mañana cómo es el procedimiento para realizar
una consulta para juzgar a los expresidentes. Según lo establecido en la ley,
la pueden solicitar dos terceras partes de los legisladores, los ciudadanos, o
el mismo Presidente de México, por lo que él va “a esperar hasta el final, pero
no descarto la posibilidad de hacerlo porque es democracia aunque yo vote en
contra”.
Ciudad, de México. | 25 agosto de 2020
Tribuna
Libre.- El Presidente Andrés
Manuel López Obrador abrió hoy la rendija para juzgar a los exmandatarios
mexicanos y no descartó, al presentar las fórmulas para hacerlo, que él mismo
lo proponga si no lo hacen los ciudadanos, el Senado de la República o la
Cámara de Diputados.
Es la primera vez que López Obrador expresa
que él podría proponer una consulta para que la petición suba a la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “aún cuando yo vote en contra”.
Durante su conferencia de prensa matutina,
propuso hacer la consulta ciudadana mientras la Fiscalía General de la
República (FGR) y el Poder Judicial de la Federación (PJF) avanzan en las
investigaciones sobre los casos de corrupción en los que estarían implicados
los expresidentes Enrique Peña Nieto y Felipe Calderón Hinojosa.
“Repito, no quiero ser yo verdugo. No es mi
fuerte la venganza. Que lo decidamos entre todos. Aquí quiero hacer una
aclaración. Es muy importante. De acuerdo a la ley, para hacer una consulta,
sólo hay un plazo si no estoy equivocado. Lo planteo porque ayer estuve
revisando la Constitución y la ley de la materia, y va a ser interesante que
sepamos todos”, precisó el mandatario.
Desde Palacio Nacional, explicó que en la
Constitución se establece que la consulta ciudadana sólo se puede solicitar del
día 1 al 15 de septiembre. “Afortunadamente o desafortunadamente, se está a
tiempo porque legalmente no se podría solicitar después. O sea, el periodo que
establece la ley es del 1 al 15 de septiembre de cada año, incluso yo creo que
es del primero al 15 durante un año electoral”, indicó.
“¿Qué significa esto? Para que se lleve a
cabo esta consulta, ¿quién puede solicitarla? El Presidente de la República,
una tercera parte de los legisladores de alguna de las dos cámaras, o el dos
por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral”, detalló el Jefe
del Ejecutivo federal.
Asimismo, expuso que cuando el Presidente o
una tercera parte de los legisladores solicitan el ejercicio, se requiere de la
aprobación tanto de la Cámara de Diputados como del Senado de la República. Sin
embargo, señaló que no tiene claro si se necesita de la mayoría simple o de las
dos terceras partes.
“Entonces si es solicitud de los ciudadanos
que reúnen las firmas, ya no pasa por la aprobación del Congreso, es decir, por
las cámaras. Sólo tiene que aprobarse la solicitud en el caso de que haya
solicitado el Presidente o los legisladores”, agregó AMLO.
Frente a los medios de comunicación, abundó
que en el caso de que sean los ciudadanos, no pasa a aprobación, sino que va
directo a la Corte. “También la solicitud si se aprueba en el Congreso, va a la
Corte y la Corte dictamina si es constitucional. Y si procede, va al INE
[Instituto Nacional Electoral] para organizar la consulta”, añadió.
“¿Cuándo se tiene que celebrar la consulta?
Hay dos fechas, una es el día de la elección. En este caso, la elección federal
del año próximo es el primer domingo de junio. Ahí, ese día se estaría
consultando. Es una pregunta nada más. Estoy informando a tiempo. Lo mejor
sería que las firmas las aportaran los ciudadanos”, insistió el tabasqueño.
El Presidente de México encabeza su
conferencia matutina este lunes en Palacio Nacional.
El Presidente de México encabeza su conferencia
matutina este lunes en Palacio Nacional. Foto: Gobierno de México
“La segunda posibilidad es que lo hagan
legisladores y la tercera es que lo solicite el Presidente. Yo voy a esperar
hasta el final, pero no descarto la posibilidad de hacerlo porque es democracia
aunque yo vote en contra de que se juzgue a los expresidentes”, aseguró.