• La reforma aplicaría para Secretario
de Acuerdos, Secretario de Estudio y Cuenta, Secretario de Sala, Actuarios,
Administradores de Causa Judicial y Auxiliares de Sala.
Xalapa, Ver. | 03 septiembre de 2020
Tribuna
Libre.- Con
el propósito de garantizar la estabilidad laboral a algunos servidores públicos
del Poder Judicial, de categoría de Secretario, y así abonar a un mejor
desempeño en sus actividades, la diputada Montserrat Ortega Ruiz presentó a la
Diputación Permanente una Iniciativa de Decreto que reformaría el Artículo 207
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave.
La legisladora indicó que el objeto de su
propuesta es que las categorías de Secretario de Acuerdos, Secretario de
Estudio y Cuenta, Secretario de Sala, Actuarios, Administradores de Causa
Judicial y Auxiliares de Sala no sean considerados personal de confianza,
siendo necesario para ello eliminarlos de dicho precepto legal.
De esta manera, expuso la integrante del
Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), se logrará la estabilidad
en el empleo para los citados servidores públicos de mérito. “No gozan de esta
estabilidad al ser considerados dentro de la ley, como trabajadores de
confianza, sin serlo en la realidad, por la naturaleza propia de sus
actividades y responsabilidades”, añade.
Destacó la labor que desempeñan los
servidores públicos de estas categorías en todo el engranaje del sistema
judicial. Al respecto ejemplificó a los Secretarios de Estudio y Cuenta que son
quienes realizan la tramitación de los asuntos que competen a la actividad
jurisdiccional, estudian cualquier planteamiento jurídico -un expediente, una
demanda, un escrito, entre otros- y después de realizar el estudio dan cuenta
al titular con la posible solución de la cuestión que se plantea.
Asimismo, detalla que los denominados
secretarios proyectistas se encargan de la tramitación de los asuntos hasta
ponerlos en estado de resolución “pues redactan los proyectos de sentencia que
se pronuncian en los tribunales, desde luego, bajo supervisión de sus
titulares”.
Dijo que el trabajo que realizan estos
servidores públicos es complejo y requiere de horas y días de dedicación, ya
que –consideró- la impartición de justicia debe apegarse al respeto de los
derechos humanos, la Constitución y los tratados internacionales de la mejor
manera posible, pues el análisis de un expediente requiere no solo de técnica
jurídica, de experiencia, sino también de conocimientos del más alto nivel y
preparación académica para poder concluirlos.
La legisladora Ortega Ruiz manifestó que las
funciones de los citados secretarios y actuarios no son de confianza, por lo
que no debe incluírseles en el Artículo 207. Al mismo tiempo, subrayó “tanto
legal, doctrinaria y jurisprudencialmente no existe razón válida para
considerarlos como trabajadores de confianza, ya que, atendiendo a la
naturaleza de las funciones que desempeñan, éstas, en ningún momento tienen
sustento jurídico para que se les considere de esa naturaleza”.
La iniciativa fue turnada para su estudio y
dictamen a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.