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enero 13, 2021

El Diario Oficial de la Federación publicó este martes el Reglamento de la Ley General de Salud sobre el uso de la marihuana

                                                                                   Ciudad de México. | 13 enero de 2021

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Tribuna Libre.- Este martes 12 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario para la producción, investigación y uso medicinal de la marihuana y sus derivados farmacológicos.

Dicho reglamento busca la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria en materia prima, así como derivados farmacológicos y medicamentos de la cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos.

Según lo detallado en el artículo 2 del reglamento, las acciones reguladas son: la producción primaria para abastecer la fabricación, generar materia prima para realizar las investigaciones, producir semilla, investigación farmacológica, fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos y la formación de médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.

Será la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) quien lleve a cabo la regulación y control de los usos de la marihuana.

Mientras que el SAT será quien verifique el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la importación y exportación. En tanto que el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS) regulará la producción, calificación y comercialización de semillas certificadas.

“Las droguerías, farmacias o boticas autorizadas para suministrar al público medicamentos de cannabis deberán contar con un registro de los pacientes, acorde a las disposiciones jurídicas aplicables en materia de protección de datos personales”, se menciona en el reglamento.

De acuerdo con el artículo 2 del reglamento, las acciones reguladas son:

También se menciona que en cuanto a la publicidad del uso de la marihuana solo se autoriza para profesionales de salud, por lo que queda prohibido realizar promoción y publicidad dirigida a la población en general.

Cabe mencionar que la publicación del reglamento sucede tres años después de que el Congreso aprobó la reforma a la Ley General de Salud, en la cual, se establecía que el mercado mexicano podría abrirse a la comercialización de productos hechos a base de marihuana.

Sin embargo, aún queda pendiente en el Congrego de la Unión la discusión sobre el uso lúdico de la cannabis. Actualmente pasó un primer aval en el Senado de la República, pero queda pendiente un segundo análisis en la Cámara de Diputados.

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