Comunicados de Prensa
No.
007/2021
Ciudad de México. | 13 enero de 2021
Tribuna
Libre.- La
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal
Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la Ley
Número 248 de Comunicación Social para el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, publicada el 17 de mayo de 2019, al considerar que, durante el
respectivo proceso legislativo, se cometieron diversas violaciones de carácter
invalidante.
En específico, 1) la dispensa de trámites
legislativos, sin constatarse la votación calificada requerida; y 2) la falta
de motivación para acreditar la hipótesis de urgencia. Por lo anterior, y al no
tratarse de una norma cuya expedición sea potestativa para el Congreso local, sino
que constituye una obligación prevista en la Ley General de Comunicación
Social, la SCJN lo conminó para que se emita la ley correspondiente a más
tardar dentro del periodo ordinario inmediato posterior a la notificación de la
sentencia.
Acción de inconstitucionalidad 61/2019,
promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la
invalidez de diversas disposiciones de la Ley 248 de Comunicación Social del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, publicada en la Gaceta Oficial local
de 17 de mayo de 2019.
Documento con fines de divulgación. La
sentencia es la única versión oficial.