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junio 05, 2021

INE aclara sobre nota periodística publicada en un medio de comunicación del dominio público

*Tomar fotos a las boletas electorales viola lo señalado en el artículo 7 párrafo 2; el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. 

                                                Córdoba, Ver. | 05 junio 2021

Tribuna Libre. - Comunicado: En entrevista un reportero cuestionó al vocal ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE) Indalecio Santiago Gerónimo, referente a la toma de fotos a las boletas electorales por parte de los votantes para supuestamente referenciar el voto “comprometido”. 

Ante la pregunta formulada Santiago Gerónimo respondió que; “era indebido tomar fotografías a las boletas electorales después de votar, toda vez que rompía la secrecía del voto, señalando que dicho hecho podría considerarse como un delito electoral”. 

Es el caso que el día de hoy (ayer) “me percaté que en los medios de comunicación aparece una nota, en la que señala que un servidor manifiesto que tomar foto a boletas después de votar se castiga con cárcel, cabe aclarar que en ningún momento realicé dicha declaración, ya que si bien es cierto que la acción (tomar fotos a las boletas electorales) viola lo señalado en el artículo 7 párrafo 2; el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

Añade el comunicado; “quedan prohibidos los actos que generen presión o coacción a los electores. Razón por la cual hago la aclaración respecto a mi comentario, deslindándome y negando en todo momento que se haya señalado que se castiga con cárcel la toma de fotografías a la boleta electoral”. 

Firma el comunicado Indalecio Santiago Gerónimo 

Referente a lo señalado en líneas arriba por parte del titular del INE con sede en la ciudad de Córdoba, se le formularon algunas preguntas: 

P= Referente al voto comprometido, (tenemos conocimiento que lo hay) donde algunos organismos políticos piden foto de la boleta electoral para supuestamente otorgar la remuneración económica "comprometida". 

¿Qué respuesta me da el ejecutivo presidente del INE en Córdoba Indalecio Santiago Gerónimo, y qué artículo se viola al "presionar" o persuadir al voto por X candidato (a) u organismo político, ¿cuál sería la sanción mínima o severa??? 

R= Presuntamente se violaría el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE). El INE es una instancia administrativa, en todo caso el encargado de castigar es la FEPADE 

P= Recordemos que la ciudadanía en general, tiene incertidumbre y en muchos de los casos, ya no confía en los árbitros principales, como lo es el INE.   

¿Por qué la ciudadanía tendría que confiar en el INE en estos tiempos de diversas controversias, en estos importantísimos comicios electorales en donde se renovará el Congreso de la Unión??? 

R= No dio respuesta 

*La Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales o antes conocido como "Fiscalía Especializada en Delitos Electorales" (FEPADE) es el organismo de la Fiscalía General de la República (antes PGR) con autonomía en México, es responsable de atender en forma institucional, especializada y profesional.

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