*Determinó que los legisladores tendrán un plazo máximo de 30 días para emitir dicha regla, contando a partir del 1 de septiembre.
Ciudad de México | 26 agosto 2021
Tribuna
Libre.- La Sala Superior del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al
Congreso de la Unión que, dentro de los 30 días naturales siguientes contados a
partir del 1 de septiembre, apruebe y emita la ley reglamentaria en materia de
revocación de mandato.
Además, avaló por seis votos a favor y uno en
contra que el Instituto Nacional Electoral (INE) elabore, dentro de sus
atribuciones, los lineamientos en este campo, a fin de poder tener certeza
jurídica para la realización de este ejercicio.
En sesión pública, se recordó que el 20 de
diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el
decreto sobre consulta popular y revocación de mandato, que entró en vigor el
29 de diciembre de ese año.
Conforme a ese decreto, el Congreso debió
expedir la ley reglamentaria dentro de los 180 días siguientes a su
publicación, plazo que concluyó el 17 de junio de 2020.
"Por esa razón, resulta indispensable,
como dice la ponencia, someter a escrutinio público judicial la inacción del
cuerpo legislativo, debido a que las reglas, principios e instituciones del
proceso de revocación de mandato forman parte del derecho electoral",
expuso el magistrado presidente del TEPJF, Felipe Fuentes.
Además, Fuentes señaló que la omisión
legislativa que se analiza en ese asunto produce una afectación a los derechos
de la ciudadanía, porque la ausencia de una ley que regule este mecanismo
podría obstaculizar el derecho de participación de las personas.
"De manera que, ante el eventual
incumplimiento del legislador en los plazos establecidos en el proyecto, el INE
podrá emitir, conforme a sus atribuciones constitucionales, los lineamientos
atinentes para instrumentar el proceso de revocación de mandato", anotó.
La magistrada Janine Otálora señaló que el
Congreso se ha excedido de manera notoria en el plazo para emitir la ley
reglamentaria, lo cual podría obstaculizar la participación ciudadana y generar
incertidumbre.
El magistrado Reyes Rodríguez destacó que,
por una cuestión de seguridad jurídica, debería estar lista la ley
reglamentaria de revocación de mandato conforme al plazo establecido, por lo
cual defendió que el INE pueda emitir lineamientos dentro de sus atribuciones.
La magistrada Mónica Soto, al pronunciarse en
contra de la propuesta, dijo que el único órgano que tiene atribuciones para
ordenar al Congreso que legisle, ante la demostración de una omisión normativa
derivada de un mandato constitucional, es la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN).
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