Ciudad de México | 05 agosto 2021
Tribuna
Libre.- Morena
en el Senado impulsa iniciativa para llevar a cabo el ejercicio en el 2022,
mientras la oposición advierte que no permitirá que se dé al presidente López Obrador
libertad propagandística.
Una vez cruzada la aduana de la consulta
popular el pasado domingo, el país podría ir por primera vez a las urnas en
ejercicio de revocación de mandato del presidente de la República, en 2022,
pero en un proceso que hoy carece de reglas.
En noviembre próximo inicia el plazo para que
los ciudadanos que quieran someter al presidente Andrés Manuel López Obrador a
ese proceso de revocación de mandato “por pérdida de confianza” difundan ese
proceso y comiencen a recabar cerca de 2.8 millones de firmas para solicitarlo.
Pero desde el 17 de junio de 2020, es decir,
hace más de un año, el Congreso de la Unión está en falta, y no ha legislado al
respecto para dar claridad al procedimiento.
En noviembre de 2019 entraron en vigor reformas
a siete artículos de la Constitución en materia de consultas populares y
revocación de mandato, y el Congreso se impuso asimismo un plazo para emitir,
en 180 días, la ley reglamentaria respectiva.
Ésta debe contener los requisitos
indispensables para que ese procedimiento pueda llevarse a cabo, las reglas de
difusión, contratación de propaganda, y los mecanismos por los cuales serán
impugnables todas las etapas del proceso, desde la difusión, organización y
cómputo de resultados.
De manera general todo está esbozado en el
artículo 35 de la Constitución, sin embargo, las bancadas partidistas en
Congreso ya empezaron el jaloneo, con temas como las prohibiciones al uso de
recursos públicos para su difusión, la contratación de tiempo en radio y
televisión con ese fin, y la prohibición a la propaganda gubernamental para
promover ese ejercicio.
Es decir, el presidente no podría usar sus
conferencias mañaneras para promover si procede o no la revocación de mandato
para la conclusión anticipada de su gestión.
Revocación de mandato en México: ¿Quién y
cómo se puede solicitar?
De acuerdo a la Constitución el ejercicio de
revocación de mandato se podrá solicitar una sola ocasión y durante los tres
meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional,
tanto para el Ejecutivo Federal como para los locales, éstos últimos sometidos
a legislación secundaria local.
De aplicarse para el presidente en el
presente sexenio se incluyó un artículo cuarto transitorio en el que se marcó
que la recolección de firmas para solicitar ese mecanismo deberá comenzar en
noviembre próximo y hasta el 15 de diciembre del 2021.
Es decir, dado que este mecanismo de
democracia participativa es un derecho ciudadano, sólo podrán solicitarla el 3%
de la Lista Nominal de Electores (LNE). Si se considera el corte del listado a
este julio de 2021, la cifra equivale hoy a 2 millones 808 mil ciudadanos con
credencial actualizada, y distribuidos en 17 entidades, en las que además deben
alcanzar al menos 3% de las listas nominales en cada uno de esos estados.
El Instituto Nacional Electoral (INE) deberá
verificar que se cumplan los requisitos y podría expedir la convocatoria en
enero.
Expedida la convocatoria, la votación deberá
realizarse 60 días después, es decir, en marzo de 2022. El presidente López
Obrador ha propuesto como fecha de realización el 21 de marzo, que caerá en
lunes.
Además, de acuerdo a la Constitución, para
que sea válido un ejercicio de revocación de mandato –al igual que en la pasada
consulta popular- se requerirá que vayan a las urnas el 40% de los inscritos en
la lista nominal, es decir, 37.2 millones de ciudadanos al corte de este mes.
Aunque el Congreso ha sido omiso desde hace
más de un año, a punto de concluir la 64 Legislatura algunas bancadas han
expresado —ahora sí— la urgencia de legislar sobre la revocación de mandato.
De acuerdo al líder nacional de Morena, Mario
Delgado, la legislatura ya prácticamente acabó y tocará a los nuevos diputados
regular esa figura para aplicarla en 2022.
Sin embargo, consideró que “a partir del
texto constitucional y de lo que tenemos actualmente, puede llevarse a cabo sin
ningún problema” pues ya se prevé número de promoventes, que las autoridades
competentes serán el INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF).
Incluso en la Constitución se establece que
estará prohibido utilizar recursos públicos para la difusión del ejercicio de
revocación de mandato y que el INE organizará el ejercicio con cargo a sus
disponibilidades presupuestales.
Pero contrario a esta postura, el coordinador
de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, urgió a emitir la legislación
secundaria para que el mecanismo pueda concretarse el próximo año.
Por eso, el pasado 27 de junio planteó, a
través de un acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado,
que en periodo extraordinario de sesiones de ambas cámaras (que inició el
pasado viernes 30 de julio), se aprobara la ley reglamentaria sobre revocación.
Pero el Partido Acción Nacional (PAN), en voz
del diputado Elías Lixa rechazó incluir ese tema sin dictaminación de por
medio, pues existe una iniciativa desde febrero pasado, presentada por la
senadora Claudia Ruiz Massieu (PRI), misma que ha estado en la 'congeladora'
legislativa.
De acuerdo con los panistas, haber aceptado
la inclusión de ese asunto en el periodo extraordinario, y sin dictaminación,
hubiera implicado el riesgo de que Morena cambiara las reglas de la revocación
de mandato, diera “plena libertad presupuestal y propagandística al Poder
Ejecutivo” y limite las facultades del INE en materia de regulación de
propaganda en ese proceso.
Es decir, se enfrentaría un escenario similar
a la judicialización de las elecciones, en que la oposición se quejó de las
conferencias matutinas presidenciales y su contenido electoral en tiempos de
campañas, lo que fue considerado por el Tribunal Electoral como propaganda
personalizada y prohibida que puso en riesgo la equidad en la contienda
electoral.
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