**Regalo de cumpleaños para Javier Duarte de Ochoa.
**Tribunal Colegiado declaró infundada queja promovida por abogado.
Xalapa, Ver | 18 septiembre 2021
Tribuna
Libre.- Un
Tribunal Colegiado de Distrito resolvió no proteger a la expresidenta del
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Karime Macías
Tubilla contra una orden de detención con fines de extradición dictada por la
Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE).
Lo anterior, luego que el Segundo Tribunal
Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito de Boca del Río declaró
infundada la queja del abogado de Karime Macías, Pablo Campuzano de la Mora, en
contra del acuerdo de 3 de agosto de 2021 dictado por el Juez Decimoquinto de
Distrito en el Estado de Veracruz.
La pelea de Macías Tubilla contra una posible
extradición inició en abril pasado cuando el abogado Campuzano de la Mora
promovió recurso de amparo a favor de la exesposa de Javier Duarte para
invalidar la orden de detención con fines de extradición y su ejecución, así
como la ampliación del procedimiento en contra de su clienta.
Sin embargo, el Juzgado Decimoquinto de
Distrito desechó el juicio de amparo de Karime Macías, por lo que su defensor
promovió un recurso de impugnación ante el Segundo Tribunal Colegiado en
Materia Penal del Séptimo Circuito.
En dicho asunto, el magistrado Octavio
Rodarte Ibarra declaró fundada la queja del abogado de Karime Macías e instruyó
al Juzgado 15º a elaborar proyecto de resolución y determinar analizar si es
viable o no la petición del equipo Campuzano-Macías de dejar sin efecto la
orden de aprehensión-detención.
El pasado 3 de agosto, el Juez 15º cumplió la
sentencia del Segundo Tribunal Colegiado Penal y elaboró nuevo proyecto de
sentencia en donde determinó la imposibilidad de invalidar dicha extradición en
solicitada en la causa penal 25/2020 de fecha 28 de enero de 2020 emitida por
el juez de Control, Francisco Javier Negrete Márquez.
Y es que el Juez 15º determinó que aunque
exista una orden de detención con fines de extradición, no hay la certeza total
de que Karime Macías Tubilla pueda ser detenida en territorio del Reino Unido,
toda vez que esta Nación tiene su propia Soberanía para hacer valer o no el
arresto de la expresidenta del DIF Estatal.
“Así las cosas, el suscrito juzgador estima
que es improcedente conceder la medida suspensional que se solicita, porque
concederla tendría por efecto que la detención con fines de extradición
reclamada no se ejecute, lo que constituye un acto futuro de realización
incierta sobre el cual, de inicio, es improcedente conceder la medida cautelar”
versa la sentencia.
Aunque el Juzgado 15º determinó programar
para este viernes 17 de septiembre la audiencia Constitucional relativa a este
asunto, el abogado Campuzano de la Mora optó el pasado 10 de septiembre por la
vía de la queja contra el Juez 15º el pasado 10 de septiembre, nuevamente ante
el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito.
Este Colegiado determinó infundados los
argumentos de Karime Macías y su defensor, con lo que queda vigente la sentencia
del Juez 15º para aprehender y extraditar a México a Macías Tubilla.
(Prensa
Veracruz)
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