*Se busca dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución de algunos fondos federales.
Xalapa, Ver | 10 diciembre 2021
Tribuna
Libre.- El
presidente de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal de esta LXVI
Legislatura, diputado Sergio Lenin Guzmán Ricardez, puso a consideración del
Pleno una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo tercero
transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de
Veracruz, a fin de dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución
de las participaciones federales y por lo que resulta necesario reformar a
finales de año este ordenamiento.
En vista de la proximidad de la aprobación de
los dictámenes con proyecto de Leyes de Ingresos de los 212 municipios del
estado, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, es necesario que dicha Ley
esté reformada antes de esa aprobación.
La iniciativa refiere que la Ley de
Coordinación Fiscal regula la participación de las haciendas públicas estatal y
municipales sobre los ingresos de la federación, a la vez que se establecen las
bases que rigen los fondos a distribuirse, la aplicación de las denominadas
aportaciones y la asignación de ingresos federales transferidos, así como las
relaciones en la materia entre el Gobierno del Estado y los ayuntamientos, cuya
principal fuente de ingresos se constituye por dichos recursos.
De acuerdo con esta ley, los recursos que
integran los fondos General de Participaciones y de Fomento Municipal, así como
los provenientes del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios deben
distribuirse mediante la aplicación de porcentajes equivalentes del Índice
Municipal de Pobreza y del Coeficiente de Participación Municipal, calculado el
primero de éstos sobre las variables de población analfabeta mayor de 15 años
de edad, de población ocupada sin ingresos o con ingresos mínimos y de
población que habita en viviendas particulares sin disponibilidad de drenaje y
electricidad.
La Ley de Coordinación Fiscal vigente fue
expedida en 1999 y se previó entonces que la aplicación inmediata de los
porcentajes descritos provocaría una disminución sensible en los ingresos de la
mayoría de los municipios veracruzanos, en razón de la capacidad recaudatoria
de los ayuntamientos respecto de distintas contribuciones, que resulta un
elemento fundamental para la asignación de recursos.
Por lo anterior, en los artículos
transitorios de la misma se dispuso que esos porcentajes se utilizarían hasta
el año 2010 y se establecieron fórmulas sustitutivas de éstos para su
aplicación gradual.
No obstante dicha previsión, en el ejercicio
fiscal de 2000, que fue el primero en el que fueron aplicadas las fórmulas
sustitutivas, un considerable número de municipios, sobre todo los que
registraron mayores índices de marginación y dependencia de esos recursos,
sufrió decremento en sus percepciones de participaciones federales, lo que
obligó, desde 2001, a reformar cada año los artículos tercero y cuarto transitorios
de la ley mencionada, para mantener vigentes los factores de distribución de
ejercicios anteriores.
Por esa razón, en junio de 2008 y con la
finalidad de dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución de
esos recursos, se derogó el artículo cuarto transitorio y se reformó el
artículo 15 de la ley referida para trasladar a este precepto los factores de
distribución señalados que se contenían en la disposición transitoria derogada,
por lo que ahora únicamente es necesario reformar el artículo tercero
transitorio de dicho ordenamiento.
Así, para el ejercicio fiscal 2022, los
fondos de participaciones que establecen los artículos 9 y 14 de esa ley, el
Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, los Fondos de Fiscalización
y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se distribuirán a los municipios
mediante la aplicación de los factores vigentes en 2021, en sustitución de los
porcentajes referidos en el artículo 10 de ese mismo ordenamiento.
La iniciativa fue turnada para el trámite
legislativo correspondiente a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.