*La escena fue grabada por los propios elementos que hoy gozan de una protección sin precedentes, que está vigente en el código penal.
Aquí el video: https://youtu.be/AaxYpzyNBQo
Xalapa, Ver | 14 febrero 2022
Tribuna
Libre.- “¡Voltéate
como estabas!”, ordena un policía de Veracruz a un joven de 16 años y luego lo
patea en la entrepierna. “Pinches mugrosos, todos tienen 16, nos los vamos a
llevar”, agrega otro oficial. La escena se desarrolla en un paraje oscuro en el
municipio de Actopan.
De acuerdo con reporteros de la zona, los
hechos ocurrieron el pasado siete de febrero en la costera de Veracruz. A
cuatro jóvenes con vestimenta deportiva -al menos tres menores de edad- les
piden con palaras altisonantes que pongan sus manos sobre la cabeza y que abran
las piernas en forma de escuadra.
“¿A qué te dedicas? ¡Levanta la cara!”,
pregunta un policía adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
“Yo trabajo de albañil”, responde después de
recibir una patada.
¿Cuántos años tienes?, 16.
La escena fue grabada por los propios
elementos que hoy gozan de una protección sin precedentes, que está vigente en
el código penal de Veracruz. Si cualquiera de los cuatro jóvenes hubiera
agredido a uno de los seis policías “de cualquier forma violenta” (y es mayor
de edad) habría sido detenido y procesado por el delito de ultrajes a la
autoridad, delito por el cual fueron detenidos mil 33 personas en los últimos
11 meses.
“Apúntame el nombre de todos. Revisa las
placas (de sus motos), checa si tienen reporte de robo (...) Son los que andan
robando, hijos de su puta madre”, dicen los demás uniformados.
A pesar de los señalamientos que lanzaron
contra los cuatro jóvenes, ninguno fue presentado ante un juez ni sorprendido
con algún objeto de procedencia ilícita, según información brindada por
autoridades locales.
Por estos hechos, la Comisión Estatal de Derechos
Humanos (CEDH) abrió una queja, la cual fue radicada con la nomenclatura NNA/008/2022.
El gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García
Jiménez, ha dicho que, pese a las críticas por excesos de policías a raíz de se
reformó el código penal estatal, eso solo es utilizado para detener a
delincuentes de alta peligrosidad y no contra la demás población.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) ha fijado criterios para realizar controles provisionales preventivos
para que estos tengan validez con posterioridad a la detención en flagrancia.
Entre esos criterios se excluye la posibilidad de que la autoridad detenga a
una persona por considerar su forma de vestir, hablar, o comportarse de las
personas.
Para que una persona pueda ser detenida se
debe acreditar una existencia razonable de elementos objetivos que justifiquen
una revisión y la autoridad debe precisar cuál era la información (hechos y
circunstancias) con la que contaba para suponer que una persona estaba
cometiendo una conducta ilícita.
(Tomado
de www.e-veracruz.mx )
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