*Plantea Paul Martínez Marie aumentarlas hasta 4 años de prisión y 600 UMAS.
Xalapa, Ver. | 03 mayo 2023
Tribuna
Libre.- Mediante
una iniciativa para reformar el Código Penal del estado, el diputado Paul
Martínez Marie propuso a este Congreso actualizar las penas a que se haga
acreedora la persona que cometa el delito de Cobranza Ilegítima, con la
elevación a hasta cuatro años de prisión y de hasta 600 Unidades de Medida y
Actualización (UMAs), incluyendo la utilización de medios impresos o digitales
para la exhibición y difusión de los datos personales del deudor o familiares
de éste.
En la Primera Sesión
Ordinaria del Segundo Período de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de
Ejercicio Constitucional, el legislador expuso que, de manera indebida,
empresas y personas que se dedican a dar préstamos en efectivo se apropian de
los datos personales de sus clientes y hacen uso ilegal de los mismos para
presionar el pago de créditos arbitrarios. Una de las tácticas de extorsión más
frecuentes, indicó, es el envío masivo de mensajes a los contactos de sus
clientes en redes sociales, usando una fotografía del mismo y leyendas que lo
exhiben y señalan.
También señaló que
las amenazas, difamaciones, videos y fotografías que publican los prestamistas
o cobradores en las redes sociales para extorsionar a quienes solicitan un
préstamo mediante apps o de manera personal generan un daño psicológico,
violentan a las víctimas en su autoestima, personalidad, valores y forma de
relacionarse con familiares, amigos y compañeros de trabajo.
Paul Martínez Marie
estimó también que el derecho a la vida privada puede vulnerarse con los actos
de hostigamiento, amenazas o violencia que llevan a cabo personas físicas y
morales, con la utilización de datos e información privada, para cobrar deudas
contraídas con particulares o instituciones de crédito.
Dichos actos ilegales
–prosiguió el Diputado- generan en el deudor un ambiente hostil por ser
sometido a una valoración social indebida por exhibir su deuda y morosidad y
pone en riesgo su integridad y patrimonio al ser expuestos su domicilio y sus
bienes, por lo que, consideró, estas acciones de los acreedores deben cesar.
A esto añadió
información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los
Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), según la cual, en 2017 se
registraron 22 mil 344 reportes de prácticas indebidas de cobranza, en 2020
aumentó a 27 mil 752 quejas y en 2022 el número incrementó a 39 mil 672.
La propuesta de
reforma consiste en que a quien, con la intención de requerir el pago de una
deuda, ya sea personalmente o por medios ilegítimos, exhiba datos personales
del deudor o familiares de éste, se valga del engaño o efectúe actos de
hostigamiento o intimidación en contra del deudor, de quien funja como aval de
éste o de quien haya servido como referencia, se le impondrá prisión de uno a
cuatro años y una multa de 200 a 600 UMAs, además de las sanciones que
correspondan si, para tal efecto, se emplearon documentos o sellos falsos, se
usurparon funciones públicas o de profesión, o si se utilizó cualquier medio
impreso o digital para la difusión de los datos personales del deudor o
familiares de éste.
Con la adhesión del
Grupo Legislativo de Morena, de las diputadas Tania María Cruz Mejía, Citlali
Medellín Careaga, Maribel Ramírez Topete y Ruth Callejas Roldán, además de los
diputados Juan Enrique Santos Mendoza, José Luis Tehuintle Xocua y Ramón Díaz
Ávila, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo
173 ter del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio
de la Llave fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos
Constitucionales.