Ciudad de México. | 30 mayo 2023
Tribuna
Libre.- Este
lunes, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma
constitucional de la Ley 3 de 3 que impide que agresores sexuales, deudores
alimentarios y culpables de violencia de género ocupen un cargo en el sector
público. Estos cambios legales entrarán en vigor a partir de hoy martes 30 de
mayo.
En su edición
matutina, apareció el día de ayer el decreto publicado, mediante el cual se
reforman los artículos 38 y 102 de la Constitución en materia de suspensión de
derechos para ocupar un cargo, empleo o comisión dentro de la administración
pública.
En el caso del
Artículo 38 se especificaba que como parte de los requisitos para trabajar en
la administración pública los funcionarios no deberán ser prófugos de la
justicia, ni tampoco tener sentencias por haber cometido homicidio, delitos
contra la libertad y seguridad sexuales; Ahora se agregan otras especificaciones:
tampoco deberán ser deudores alimentarios ni haber cometido delitos sexuales ni
de violencia de género.
"En los
supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata
para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o
comisión en el servicio público", establece el nuevo ordenamiento
jurídico.
El pasado 24 de mayo, el pleno de la Comisión Permanente del
Congreso de la Unión elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, contra la
violencia, luego de ser aprobada por más de 16 congresos locales.
La Iniciativa Ciudadana "Ley 3 de 3" fue la
primera Iniciativa de Ley Ciudadana sometida a consideración del Congreso.
Impulsada por un grupo de ciudadanos y
organizaciones de la sociedad civil, buscó la formalización de la obligación de
todos los trabajadores del estado de hacer públicas tres declaraciones:
patrimonial, de intereses y fiscal.
La propuesta
también busca tener reglas claras de conducta para los servidores públicos, así
como sanciones para aquellos que cometan un delito.