*Hace un llamado Citlali Medellín a sus compañeras y compañeros a hacer crecer la confianza de la ciudadanía hacia los políticos.
Xalapa, Ver. | 20
junio 2023
Tribuna
Libre.- La diputada Citlali Medellín Careaga presentó
una iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la
Ley para la Prevención y Atención del Cáncer de Mama del estado de Veracruz,
que prevé el cumplimiento puntual por parte de las autoridades estatales con la
prevención, detección, tratamiento, control y vigilancia del cáncer de mama.
En su participación durante la séptima sesión
ordinaria, la legisladora convocó a sus homólogos y homólogas a hacer que
crezca la confianza en los políticos y en la justicia misma, “para que no
vulneremos el derecho humano a la salud de los veracruzanos enfermos con algún
tipo de cáncer, y así, darles las condiciones de vida que, como humanos,
mexicanos y veracruzanos, merecen”.
De acuerdo con la iniciativa se reformarían
los artículos 2, 13, 25, 26 y 28, y se adicionaría el artículo 31 de la citada
Ley para establecer que para acceder a los beneficios establecidos, los hombres
y las mujeres deben poseer domicilio real en el estado de Veracruz, con una
antigüedad mínima de dos años; que las acciones de diagnósticos, tratamiento y
rehabilitación sean las que determine la Secretaría de Salud (SS) estatal y que
el examen clínico de las mamas, deberá realizarse anualmente a todas las
personas mayores de 25 años que asistan a las unidades de salud.
Asimismo, dispone que la mastografía tendrá
el carácter de gratuita para las personas que soliciten los beneficios del
Programa y que se practicará en instalaciones o unidades médicas del Sistema,
que cumplan con lo exigido por la Norma Oficial o de los lineamientos
nacionales o internacionales que para el caso existan. El personal de salud
brindará información sobre las ventajas y riesgos de su práctica, previo a su
realización.
En un plazo no mayor a 21 días se hará
entrega por escrito de los resultados de la mastografía, de conformidad con los
criterios establecidos en la Norma Oficial, notificando en ese momento al
paciente que requiera estudios complementarios o valoración médica, indicándole
el día, hora y lugar que determine la Secretaría para su atención.
Las valoraciones clínicas, estudios de imagen
y, en su caso, histopatológicos que se practiquen, deberán cumplir con las
especificaciones y lineamientos de la Norma Oficial y será responsabilidad de
la Secretaría verificar que las unidades médicas cumplan con estos
lineamientos.
Por otra parte, destaca que en caso de no
existir Norma Oficial Mexicana se estará a lo siguiente: en valoraciones
médicas, el examen clínico de las mamas debe ser realizado anualmente a cada
persona mayor de 25 años que asista a las unidades de salud, por personal
médico o de enfermería capacitado, en condiciones que garanticen el respeto a
la privacidad del paciente tales como:
realizar la exploración en presencia de un/a familiar, enfermera, auxiliar o
asistente de consultorio.
También, utilizar bata para cubrir las mamas
cuando no se estén inspeccionando o palpando; el examen clínico de las mamas
debe incluir la identificación de los factores de riesgo en la historia
clínica, para determinar la edad de inicio de la mastografía, así como
necesidades especiales de consejería en personas de alto riesgo.
Además, la iniciativa incorpora disposiciones
que deben atenderse para casos de estudios de imagen e histopatología.
Para su estudio y dictamen, la propuesta
legislativa fue turnada a la Comisión Permanente de Salud y Asistencia. Se
adhirieron a la misma el grupo legislativo del PRI, así como las diputadas Nora
Jéssica Lagunes Jáuregui, Ruth Callejas Roldán, Maribel Ramírez Topete e Itzel
Yescas Valdivia, además los diputados Jaime Enrique de la Garza Martínez, Othón
Hernández Candanedo y Juan Enrique Santos Mendoza.