*El Consejo General aprobó adelantar el proceso electoral 2023-2024 y anunció los requisitos que deben cumplirse.
Ciudad de México. | 11 septiembre 2023
Tribuna
Libre.- El
Proceso Electoral Federal 2023-2024 ya llegó y por eso el Consejo General del
Instituto Nacional Electoral (INE) anunció las fechas en que darán inicio las
precampañas en México y los requisitos que deben cumplir los partidos políticos
y las coaliciones para el registro de candidaturas.
Con seis votos a favor y cinco en contra, las
y los consejeros acordaron modificar el apartado de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales, para que haya una calendario exacto
e igualitario en los estados donde se renovarán gubernaturas, presidencias
municipales y congresos estatales.
Las precampañas para los cargos federales
darán inicio el 5 de noviembre del 2023 y concluirán el 3 de enero del 2024.
Además de eso, las solicitudes de registro de convenios de coalición y acuerdo
de participación deben presentarse a más tardar el 5 de noviembre del 2023.
Los partidos políticos cuentan con tiempo
suficiente para determinar su procedimiento para la selección de candidaturas a
la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales. Tienen
hasta el 5 de octubre de 2023, misma fecha para la emisión de los criterios
relacionados con la garantía de la paridad de género, acciones afirmativas y
elección consecutiva.
De igual modo, los partidos deberán
determinar la procedencia del registro de todas sus precandidaturas a partir
del 4 de noviembre del 2023 y hasta el 3 de enero del 2024, mismo plazo para
que lleven a cabo la captura de información.
La jornada de selección de candidaturas a la
Presidencia de la República, senadurías y diputaciones por el Principio de
Mayoría Relativa deberá realizarse a más tardar el 24 de enero del 2024,
mientras que por el Principio de Representación Proporcional el 31 de enero del
mismo año.
INE también dejó claro que para el registro
de candidaturas existen una serie de criterios que deben aplicarse en los
siguientes términos:
En los primeros 15 días de enero del 2024 se
deberán presentar las plataformas electorales.
A más tardar el 1 de febrero, la Dirección
Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos pedirá a partidos y coaliciones
informar la instancia partidista facultada para suscribir las solicitudes de
registro, así como para manifestar por escrito que las personas candidatas
cuyos registros se soliciten fueron seleccionadas de conformidad con las normas
estatutarias del partido correspondiente.
Las solicitudes de registro y la
documentación requerida, deberán presentarse entre los días 15 y 22 de febrero
de 2024.
En caso de que los partidos o coaliciones
decidan solicitar el registro supletorio ante el Consejo General, deberán
hacerlo a más tardar el 19 de febrero.
Las solicitudes de sustitución deberán
presentarse exclusivamente ante el Consejo General, y podrán realizarse
libremente dentro del plazo establecido para el registro correspondiente del 15
al 22 de febrero del 2024.
Una vez vencido el plazo, las sustituciones
se podrán presentar exclusivamente por causa de fallecimiento, inhabilitación,
incapacidad o renuncia y, en este último caso, a más tardar el 2 de mayo del
próximo año.
El 29 de febrero del 2024, a más tardar a las
11:00 horas se celebrará la sesión especial de registro de candidaturas a
senadurías y diputaciones por el Principio de Mayoría Relativa.
Asimismo, el Consejo General sesionará en la
misma fecha para registrar las candidaturas a la Presidencia, a senadurías y
diputaciones por el principio de Representación Proporcional, así como aquellas
de Mayoría Relativa cuyo registro le haya sido solicitado de manera supletoria.