La Fiscalía General de la República apelará suspensión de Juicio contra Emilio Lozoya por caso Agronitrogenados
Tribuna
Libre.- La
Fiscalía General de la República (FGR) informó que presentará de inmediato un
recurso de apelación por la suspensión del procedimiento judicial en contra del
exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, en el caso
Agronitrogenados, que decretó el juez Gerardo Genaro Alarcón López.
En un comunicado, la FGR calificó la
resolución del juez de control federal en la Ciudad de México, Gerardo Genaro
Alarcón López, como "ilícita, injusta y notoriamente parcial".
La Fiscalía indicó que al decretar la
suspensión del procedimiento en contra de Emilio Lozoya, el juez violó
flagrantemente el Código Nacional de Procedimientos Penales, en lo que señalan
los artículos del 186 al 190.
Además, violó preceptos terminantes de la Ley
de Amparo y del Código Nacional, produciendo un grave daño a las víctimas y una
ventaja indebida al procesado.
La FGR aseguró que dicha determinación viola
el Código Nacional de Procedimientos Penales, en los artículos mencionados, por
las razones siguientes:
*Dio por reparado el daño que causó Alonso
“A”, lo cual no se ha cumplido íntegramente, ni ha sido aceptado explícitamente
por las víctimas, de la venta en un precio abusivo e ilegal, de la planta
industrial Agronitrogenados a Pemex, dirigida en ese entonces por Emilio
Lozoya.
*Tampoco señaló el juez que a Emilio Lozoya,
se le acusa de haber recibido un soborno de Alonso “A”, por cerca de 4 millones
de dólares, cometiendo así el delito de operaciones con recursos de procedencia
ilícita, al utilizar dicha suma para adquirir una residencia de gran lujo en la
Ciudad de México, de lo cual no ha reparado el daño causado.
*El juez, en su determinación, se sustentó
indebidamente en una tesis aislada sobre delitos que son diferentes a los de
este caso y la cual no genera derechos, al corresponder a un circuito judicial
de Querétaro que no es aplicable obligatoriamente en la Ciudad de México.
*En cambio, el juez si actuó ilegalmente, al
omitir su obligación indeclinable de fundar y motivar en la ley y en la
jurisprudencia vigentes, su acuerdo; ya que los artículos correspondientes del
Código Nacional no establecen, en modo alguno, que un acuerdo para uno de los
imputados de un delito les beneficie al resto de los involucrados.
*Dicho juez, asimismo, omitió señalar que
Emilio Lozoya, no ha celebrado acuerdo reparatorio alguno con las víctimas,
como lo establece el artículo 189 del Código Nacional de Procedimientos
Penales, dejándolas en estado de indefensión en los términos de lo señalado por
el artículo 20 de la Constitución y 109 de dicho Código Nacional.
*Es necesario reiterar que a Alonso “A”, se
le procesó por haber vendido a Pemex, de manera abusiva, una planta industrial
en un valor desmesurado e injusto. Y a Emilio Lozoya, se le imputa haber
recibido un soborno de cerca de 4 millones de dólares, con los que compró
ilegalmente un inmueble de alto lujo, cometiendo el delito de operaciones con
recursos de procedencia ilícita.
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