*Propone diputado Juan Enrique Santos Mendoza hacer más accesible la expedición de estos documentos en los registros civiles del estado.
Xalapa, Ver. | 17 noviembre 2023
Tribuna
Libre.- Una
adición al artículo 675 del Código Civil del estado, propuso el diputado Juan
Enrique Santos Mendoza, para que se elimine el requisito de apostillar o
legalizar consularmente los certificados o actas de nacimiento de las personas
nacidas en el exterior del país.
Durante la Tercera Sesión Ordinaria del
Tercer Año de Ejercicio Constitucional, al exponer su proyecto ante el Pleno,
el legislador explicó que, para realizar dicho procedimiento, bastará con
presentar original o copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre
mexicanos.
Además, las y los interesados deberán
presentar el certificado o acta de nacimiento extranjero, siendo optativo que
estén legalizados por las autoridades consulares correspondientes o traducidos
al español.
Lo mismo aplicará cuando se solicite la inscripción
o inserción del registro de nacimiento ante los registros civiles del estado de
personas con derecho a la nacionalidad mexicana, nacidas en el extranjero,
siempre y cuando, bajo protesta de decir verdad, manifiesten que no se ha
realizado la inscripción de su nacimiento ante los consulados de México en el
exterior y no sea posible su verificación electrónica ante la autoridad emisora
de dichos documentos.
El legislador dijo que, de aprobarse su
planteamiento, el trámite burocrático sería más ágil y se eliminaría cualquier
barrera que impida, en los hechos, el acceso a la nacionalidad mexicana. Para
las familias veracruzanas que han tenido hijas e hijos en el extranjero sería
más accesible obtener sus actas de nacimiento en los registros civiles del
estado.
Juan Enrique Santos ejemplificó que estados
como Tlaxcala ya han emprendido reformas legales y administrativas para
eliminar la apostilla o legalización consular como requisito indispensable para
que sean válidos los certificados o actas de nacimiento emitidos en otro país
con la finalidad de facilitar a las personas mexicanas nacidas en el exterior
su acceso a sus derechos de contar con su acta de nacimiento y obtener su Clave
Única de Registro de Población (CURP).
Con la adhesión de la diputada Perla Eufemia
Romero Rodríguez y del legislador Rafael Gustavo Fararoni Magaña, la Iniciativa
de Decreto que adiciona un segundo párrafo al Artículo 675 del Código Civil del
estado fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.