**Ex director de comunicación social y su portal "Radar es Noticia" los sancionados.
**Había
impugnado ante la Sala Regional la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz
(TEV).
**Pero la Sala Regional del TEPJF determinó que publicaciones incurrieron en agravio, calumnia y descalificaciones.
Xalapa, Ver. | 15 diciembre 2023
Tribuna
Libre.- La Sala Regional del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SX-TEPJF), confirmó la
violencia política de género en contra de la Síndica Municipal de Córdoba,
Vania López González, por parte del entonces Director de Comunicación Social y
propietario del portal web y página de Facebook, "Radar es Noticia",
Ramón Méndez López
Por medio del juicio SX-JDC-331/2023, Méndez
López impugnó la sentencia mediante la cual el Tribunal Electoral de Veracruz
(TEV) determinó que el comunicador sí incurrió en violencia política de género
en contra de la Síndica de Córdoba, Vania López Hernández, al publicar información
ofensiva y denigrante en el perfil de su portal informativo "Radar es
Noticia" en la plataforma de Facebook.
De acuerdo con la resolución del TEV, las publicaciones de Méndez López se incurrieron en agravio, calumnia, descalificaciones y estereotipos contra edil municipal.
De hecho la Sala Xalapa del TEPJF calificó de
infundados los argumentos presentados por Ramón Méndez López para intentar
revertir la sentencia del TEV, dado que la ponencia del magistrado, José
Antonio Troncoso corroboró la responsabilidad directa del ex vocero del
ayuntamiento cordobés en las publicaciones, al fungir como administrador de la
página de Facebook "Radar es Noticia" desde donde se atacó, insultó,
agredió y difamó a Vania López Hernández.
Se considera que dicha conducta atribuible a
Méndez López si constituye violencia política en razón de género contra la edil
municipal, dado el contenido integral de la publicación y la finalidad con la
que fue publicada advirtiendo estereotipos de género que menoscaban los derechos
de la denunciante.