La titular del Décimo Quinto Juzgado con sede en Xalapa instruyó al Gobernador de Veracruz eliminar de redes sociales las acusaciones en contra del empresario acusado por la Fiscalía de Veracruz de un supuesto doble asesinato.
Ciudad de México. | 09 abril 2024
Tribuna
Libre.- (XPFM). -El gobernador de
Veracruz, Cuitláhuac García, recibió un fuerte revés luego de que el Décimo
Quinto Juzgado de Distrito con sede en Xalapa, concedió este lunes una
suspensión provisional a favor de Itiel Palacios García para que el mandatario
elimine las acusaciones relacionadas con el empresario.
En la resolución la Jueza Federal Ariana
Escobar Fernández, ordenó al mandatario estatal en Veracruz eliminar de su
Facebook y redes sociales, la visualización o reproducción de los videos en los
que acusó al empresario de ser un “narcotraficante con la capacidad de dar
billetazos a funcionarios”, realizada en su conferencia matutina del 11 de
marzo pasado.
La Jueza Ariana Escobar Fernández ordenó en
el juicio de amparo número 362/2024/6-B, promovido por el inculpado en contra
de Cuitláhuac García y la Coordinación General de Comunicación Social de
Veracruz, que cesen las acusaciones infundadas de parte del Gobernador de
Veracruz en contra de Itiel N y hacerlas públicas.
Cuitláhuac García ha magnificado el caso
Itiel Palacios como uno de los casos de presuntos delincuentes de alto impacto
capturados en su administración, pero hoy se conocen las violaciones al debido
proceso y garantía de defensa, así como la posible fabricación de testigos y
pruebas falsas en el proceso en su contra.
El Gobernador de Veracruz ha señalado en
todas sus acusaciones en contra de Itiel Palacios que es un delincuente de alta
gama, sin que exista ningún antecedente que demuestren sus afirmaciones,
afectando así el derecho al honor del empresario, su familia, así como también
la presunción de inocencia, consideró la justicia federal.
Itiel Palacios García se encuentra preso, sin
pruebas que demuestren su culpabilidad, en el Penal Federal 5 Oriente, por un
delito de homicidio en un palenque en Playa Vicente Veracruz, a pesar de que su
equipo legal ya comprobó su ubicación a más de 300 kilómetros de distancia del
lugar, día y hora de los crímenes.
Itiel “N” fue acusado por la Fiscalía de
Veracruz de los presuntos asesinatos, primero del diputado local Juan Carlos
Molina ocurrido el 9 de noviembre de 2019.
En agosto del 2021 Itiel Palacios fue “no
vinculado” a proceso por la muerte de dicho funcionario, sin embargo, después
de comprobarse su inocencia ese mismo día al salir de prisión fue detenido por
los supuestos asesinatos de Leonardo Hernández “El Brujo” y Eneas Ramírez,
acontecidos el 27 de abril del 2018.
La jueza Angelica Sánchez Hernández determinó
en su momento “no vincular” a proceso a Palacios García por el homicidio
Hernández y Ramírez el 3 de junio del 2023, en cumplimiento a un amparo
concedido, el cual ordenó valorar la prueba que demostraba que el empresario se
encontraba a cientos de kilómetros de distancia del lugar donde ocurrió el
crimen, y entre otras pruebas por no existir la necrocirugía de las víctimas.
La madrugada del 4 de junio, horas después de
la orden de libertad de Itiel Palacios, el empresario fue detenido por tercera
ocasión a la salida del Penal Federal de Ramos Arizpe y trasladado a Veracruz
por el mismo caso de los dos asesinados por orden de la Fiscalía de Veracruz
por “supuestas nuevas pruebas”.
La suspensión provisional emitida este 8 de
abril es en contra del gobernador Cuitláhuac García Jiménez y la Coordinación
General de Comunicación Social del Gobierno del Estado de Veracruz.
En ella se establece que deben dejar de
visualizarse o reproducirse las acusaciones realizadas en contra de Itiel N en
la conferencia “Seguimos informando a la población veracruzana sobre temas
importantes” del 11 de marzo del 2024.
En esa conferencia ante medios al Gobernador
de Veracruz la reportera de Noticias La Fuente, Rosalinda Morales, le cuestionó
sobre la fabricación de testigos por parte de la Fiscalía del Estado y el
mandatario estatal declaró que Itiel Palacios es un delincuente de alto nivel y
gran poder económico para corromper a las autoridades.
El juzgado resolvió otorgar la suspensión
provisional con el fin de que las declaraciones realizadas entre los minutos
que comprenden de la hora con 13 minutos y 15 segundos y la hora con 16 minutos
y 24 segundos de la transmisión, dejen de reproducirse.
Esto se determinó porque la jueza del Juzgado
Décimo Quinto consideró que Cuitláhuac García violentó la “Presunción de
Inocencia y el Derecho a la Información” del inculpado y que está previsto en
los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo en contra de Itiel Palacios.
“En consecuencia, resulta procedente CONCEDER
LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL, para efecto que las autoridades responsables, emitan
las medidas o giren órdenes que estimen necesarias.
“A fin de que no sea posible la visualización
o reproducción en la plataforma Facebook de los minutos 01:13:15 al 01:16:24
del video de la conferencia denominada ´Seguimos informando a la población
veracruzana sobre temas importantes´ de once de marzo de dos mil veinticuatro”,
cita la resolución.
La medida cautelar estará en vigor hasta que
se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la
suspensión definitiva, sin necesidad de solicitar garantía alguna, porque no se
actualizan los supuestos del artículo 132 de la Ley de Amparo, es decir, no
existe un daño o perjuicio patrimonial a tercero interesado.
Los efectos de la medida suspensional
otorgada al peticionario de amparo, no implica que el Gobierno de Veracruz deje
de informar a la población los asuntos de importancia, sino únicamente limitan
la divulgación de los datos personales y de la investigación o proceso penal
seguido en contra del quejoso.
Hasta en tanto, se dicte resolución
interlocutoria que determine sobre la suspensión definitiva, el Gobierno de
Veracruz, el gobernador Cuitláhuac García, la Coordinación General de
Comunicación Social del Estado, no deben pronunciarse sobre el caso ni
mencionar al empresario Itiel Palacios García.
Por otra parte, se considera que de ninguna
forma se impiden o limitan alguna de las funciones de informar, por parte del
Gobernador del Estado de Veracruz y Coordinador General de Comunicación Social
del Gobierno del Estado, dado que la presente medida solo recae en la parte en
que se alude a la persona del quejoso.
STAFF
XPECTRO FM