Ciudad de México. | 21 abril 2024
Tribuna
Libre.- En
una resolución, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha
confirmado el derecho tanto de mujeres como de hombres a reclamar una
compensación económica al concluir una relación de matrimonio o concubinato, en
casos donde hayan dedicado principalmente su tiempo a las labores del hogar y
al cuidado de la familia.
La decisión se tomó tras revisar un caso en
el que un hombre solicitó una pensión compensatoria y una compensación
económica a su exconcubina, argumentando su contribución en las tareas del
hogar y en el cuidado de sus hijos durante la relación.
A pesar de que sus reclamos fueron
inicialmente rechazados, el hombre recurrió a un juicio de amparo directo,
cuestionando la constitucionalidad de una disposición legal en el Código Civil
de Guanajuato.
Niegan
amparo
El Tribunal Colegiado negó el amparo,
sosteniendo que la normativa no era discriminatoria y que ambos géneros podían
acceder a la compensación económica si demostraban que las labores del hogar
fueron su principal ocupación durante la relación.
La Suprema Corte respaldó esta decisión,
destacando que la norma no presupone roles de género, sino que se enfoca en la
desventaja económica y patrimonial de quien se dedicó a las labores no
remuneradas del hogar al finalizar la relación.
Con esta sentencia, la Suprema Corte reafirmó
la igualdad de género en el acceso a la compensación económica al término de
una relación, basándose en la demostración de la dedicación a las
responsabilidades del hogar y el cuidado familiar, sin importar el género de
quien las ejerció.
La resolución, dictada en el amparo directo
en revisión 4316/2023, fue emitida por unanimidad de votos en sesión del 17 de
abril de 2024, y contó con la ponencia de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat.