Monterrey, Nvo. León | 29 junio 2024
Tribuna
Libre.-
En sesión pública celebrada este viernes 28 de junio, la Sala Regional
Monterrey decidió 82 juicios de inconformidad relacionados con elecciones de
diputaciones y senadurías al Congreso de la Unión. En su amplia mayoría (68) determinó su
desechamiento. Esto a partir de que, en 54 de ellos, contrario a la norma, lo
impugnado en el caso de elecciones de Senadurías, no fue el cómputo de la
entidad, sino los cómputos distritales, los cuales, para efectos de esa
elección, no son actos conclusivos del resultado, sino actos intermedios o
parciales, que al sumarse conforman el cómputo de la entidad, mismo que debió
controvertirse, sin que ocurriera así. El criterio sostenido en estos asuntos,
acorde a la predictibilidad de los precedentes, es similar al que se asumió en
casos similares, tanto en las elecciones de 2018, como en el proceso electoral
de 2021, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Por otro lado, en 14 juicios de inconformidad
se desecharon las demandas, por promoverse en forma extemporánea(12) y por
carecer de firma (2).
De los 82 juicios decididos, en 14 se
reunieron los requisitos que permitieron analizar las causales de nulidad de
elección y de nulidad de votación en casillas planteadas. En 9, sus resultados
se mantuvieron sin cambios, como fue el caso de la elección de diputaciones
federales del Distrito 08, con cabecera en Tampico, Tamaulipas; 01, 06 y 09,
con sede respectivamente en Santa Catarina, Monterrey y Linares, Nuevo León; en
los Distritos 01, 02 y 03, con cabecera el primero en Jesús María, y los dos
restantes en Aguascalientes, Aguascalientes. En el Distrito 08 de Salamanca,
Guanajuato y finalmente en el 01 Distrito Electoral Federal con cabecera en
Fresnillo, Zacatecas.
Sólo en 5 Juicios de inconformidad, Sala
Monterrey consideró procedente la nulidad de una y en algunos casos de 2
casillas, con lo cual, si bien hubo un ajuste en el cómputo, no se dio un
cambio de candidatura ganadora. Tal es el caso de las elecciones de
diputaciones del Distrito 01 con cabecera en Piedras Negras, Coahuila; del
Distrito 10 con sede en Uriangato, Guanajuato; del Distrito 03, de Río Bravo,
Tamaulipas y del Distrito 04, con cabecera en Guadalupe, Zacatecas.
En la propia sesión se decidieron diversos
juicios electorales y recursos de apelación, relacionados con procedimientos
especiales sancionadores, con decisiones del Instituto Nacional Electoral y de
diversas autoridades electorales de las entidades federativas que conforman la
II Circunscripción Electoral Federal.
***La Sala Monterrey del TEPJF es la
instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los
Tribunales, Institutos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite
actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de
Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y
Zacatecas.
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