Actualizar la Ley OrgĆ”nica del Municipio Libre para garantizar representaciĆ³n del partido que les postulĆ³, plantea AnilĆŗ Ingram Vallines.
Xalapa, Ver. | 27 junio 2024
Tribuna
Libre.-
Mediante una propuesta de reforma el pĆ”rrafo segundo del artĆculo 25 y la
adiciĆ³n de un pĆ”rrafo segundo al ArtĆculo 27 de la Ley OrgĆ”nica del Municipio
Libre, la diputada AnilĆŗ Ingram Vallines ofreciĆ³ una soluciĆ³n a los casos de
falta definitiva de ediles propietarios y suplentes y evitar asĆ que su partido
quede sin representaciĆ³n en un ayuntamiento.
En la Sexta SesiĆ³n Ordinaria del Segundo
Periodo Ordinario, la legisladora refiriĆ³ las previsiones ya existentes para
suplir la falta de ediles por ausencia temporal o definitiva; sin embargo,
tambiĆ©n recordĆ³ casos en los que el Poder Legislativo y algunos gobiernos
municipales han enfrentado circunstancias no previstas, que han sido resueltas
conforme a los principios generales del Derecho, evidenciando la necesidad de
establecer con claridad y precisiĆ³n normas que definan las atribuciones de este
Congreso al respecto.
Ante este tipo de casos previstos en los
artĆculos 24 y 25 de la referida Ley, AnilĆŗ Ingram propuso que, si debiere
llamarse al suplente y faltare tambiƩn Ʃste, el Congreso del Estado o la
DiputaciĆ³n Permanente designarĆ”, de entre los demĆ”s ediles, a quien deberĆ”
ejercer el cargo temporalmente o para concluir el perĆodo constitucional.
De ser necesario, y a efecto de que el
partido polĆtico al que corresponde la posiciĆ³n edilicia no quede sin
representaciĆ³n en el ayuntamiento, serĆ”n elegibles quienes hayan formado parte
de la planilla registrada por ese partido en la elecciĆ³n municipal respectiva,
siempre que continĆŗen siendo militantes del mismo.
AsĆ tambiĆ©n, cuando un edil propietario no
hubiere podido asumir el cargo por causas ajenas a su voluntad, comunicarĆ” esta
situaciĆ³n al Congreso o a la DiputaciĆ³n Permanente y, una vez superada Ć©sta, si
asĆ lo desea, informarĆa su decisiĆ³n para que el Poder Legislativo proceda a la
separaciĆ³n de quien, en su caso, lo haya suplido.
Esta iniciativa fue turnada para su estudio
y, en su caso, dictaminaciĆ³n, a la ComisiĆ³n Permanente de GobernaciĆ³n.