Son autoría del diputado Alejandro Porras Marín, que propone actualizaciones a distintos ordenamientos estatales
Xalapa, Ver. | 24 enero. 2025
Tribuna
Libre.- La Mesa Directiva de este Congreso turnó a
comisiones dos iniciativas de decreto, autoría del diputado Alejandro Porras
Marín, relacionadas con la construcción de la infraestructura del estado y con
el régimen de adquisiciones y servicios, para lo cual propone reformar,
adicionar y derogar diversas disposiciones de distintos ordenamientos
estatales.
En el
caso de la primera, señala que las modificaciones propuestas atienden a derogar
y modificar disposiciones que contravienen, difieren o sobrerregulan lo
dispuesto en la Ley de Obras Públicas, y a reafirmar y dejar claro que las
obras públicas y los servicios relacionados con ellas únicamente sean
ejecutadas por la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (SIOP).
Precisa
que las dependencias y entidades distintas a dicha secretaría elaborarían y
presentarían a ésta los proyectos y presupuestos de las obras para que las
sancione y ejecute. Las dependencias y entidades que ya no ejecutarían obra a
partir de la promulgación de la diversa normatividad referida tendrían un plazo
de 180 días naturales para realizar los ajustes o modificaciones a su
normatividad.
En tal
sentido, el Poder Ejecutivo del Estado realizaría la contratación y ejecución
de las obras públicas y servicios relacionados con ellas, a través de la SIOP,
que llevará a cabo la contratación, construcción, ejecución, conservación,
mantenimiento, demolición, gasto y control de las obras públicas, así como de
los servicios relacionados con ellas, a fin de asegurar las mejores condiciones
disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
circunstancias pertinentes para el estado.
Esta
iniciativa fue turnada a las comisiones permanentes de Hacienda del Estado, de
Comunicaciones y de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial, Vivienda y
Fundo Legal.
En el
segundo caso, el legislador considera que Veracruz requiere un régimen jurídico
en materia de adquisiciones y prestación de servicios que se actualice para
hacer énfasis en la transparencia de los procedimientos de contratación, en la
simplificación administrativa de tales procedimientos y en un equilibrio
contractual que dé lugar a una mayor reciprocidad de intereses entre el Estado
y los contratistas.
Advierte
que la Ley dispone que las dependencias y entidades de la administración
pública podrán realizar procedimientos de contratación por licitación pública,
invitación a cuando menos tres proveedores y adjudicación directa.
Las
modificaciones que propone corresponden a los procedimientos de excepción a la
licitación pública, a través de invitación a cuando menos tres proveedores, y
adjudicación directa.
Propone
actualizar la denominación del procedimiento de licitación simplificada al de
invitación a cuando menos tres proveedores, para efectos de homologación y
claridad normativa y que los subcomités de cada dependencia o entidad
determinen los montos para la invitación a cuando menos tres proveedores y
adjudicación directa.
También,
que los montos que autoricen los subcomités de las dependencias y entidades se
hagan públicos por medio de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado, y
modificar la disposición contenida en el Presupuesto de Egresos del Estado
relativa a los montos de adjudicación de procedimientos de contratación
distintos a la licitación pública, para dar congruencia a las modificaciones de
la Ley.
Comentarios
Publicar un comentario