Ciudad de México | 26 mayo de 2026
Tribuna Libre. - Antes
de esta reforma, funcionaba la desaparecida Policía Federal de Caminos, posterior
la Policía Federal División Caminos, las cuales no lograron satisfacer las
necesidades legales de seguridad de los transportistas, de carga y pasaje,
quienes siempre se han quejado por una creciente inseguridad, también abusos de
autoridad, en las carreteras del país.
En la edición matutina de este lunes 25 de mayo de 2026, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, que amplía el control de la Guardia Nacional.
Esta reforma
establece cambios clave, se torna en autoridad central de tránsito, es decir,
asume el control formal del tránsito, sus indicaciones prevalecen sobre
cualquier semáforo, señalización o regla ordinaria de circulación.
Asimismo, la
Guardia Nacional tendrá nuevas facultades sancionadoras, por lo que sus
elementos están facultados para aplicar multas directamente, realizar pruebas
de alcoholimetría y toxicología, así como ordenar el retiro de vehículos y su
envío a depósitos federales.
De igual
manera, la Guardia Nacional controlará también el autotransporte, endureciendo
las supervisiones de las unidades de carga y pasaje, incluyendo el uso de
bitácoras, revisión de condiciones físico-mecánicas y documentación.
Antes de
esta reforma, era la desaparecida Policía Federal de Caminos y después la
Policía Federal, División Caminos, la que no logró satisfacer las necesidades de
seguridad de los transportistas de carga y pasaje, los cuales siempre se han
quejado por una creciente inseguridad, también abusos de autoridad, en las
carreteras del país.


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