Presenta Movimiento Ciudadano acción de inconstitucionalidad ante la SCJN por revocación de mandato en Veracruz
*El partido promovió la demanda al considerar que la reforma impone restricciones que limitan el derecho ciudadano a evaluar a sus gobernantes.
*La
demanda plantea siete conceptos de invalidez para defender las garantías
democráticas de la ciudadanía veracruzana.
Ciudad de México | 28 octubre 2026
Tribuna
Libre. – Movimiento Ciudadano (MC)
presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN) para combatir la reforma a la Constitución Política del
Estado de Veracruz en materia de revocación de mandato, contenida en el Decreto
número 540, publicado el 28 de septiembre de 2026.
La demanda busca invalidar las modificaciones al inciso B de la fracción VI del artículo 15 de la Constitución local, al considerar que establecen restricciones que limitan el ejercicio de los derechos democráticos de la ciudadanía veracruzana.
La
acción de inconstitucionalidad fue promovida dentro del plazo legal de 30 días
naturales por la dirigencia estatal del partido, encabezada por Luis Carbonell
de la Hoz, coordinador estatal; Agustín Torres Delgado, secretario general; y
Dante Alfonso Delgado Morales, presidente del Consejo Estatal. También
participaron el diputado federal Sergio Gil Rullán, la diputada local Elena
Córdova Molina y el equipo jurídico.
Al
fijar la postura del partido, el coordinador estatal, Luis Carbonell de la Hoz,
afirmó que Movimiento Ciudadano dará la batalla legal para impedir que,
mediante decisiones legislativas, se limite el derecho de la población a
evaluar la gestión de sus gobernantes y decidir sobre su permanencia en el
cargo.
El dirigente señaló que las condiciones de vulnerabilidad que enfrenta Veracruz hacen indispensable preservar mecanismos de participación ciudadana efectivos y accesibles.
“Como
lo anunciamos, hoy presentamos la acción de inconstitucionalidad junto con la
dirigencia nacional y el equipo político de Veracruz. Esta acción de
inconstitucionalidad busca que nunca olviden los gobernantes presentes y
futuros que la democracia se construye con el pueblo. Como ustedes saben, el
Congreso de Veracruz —dándole la espalda a los veracruzanos con una mayoría
artificial, legislando en un palacio legislativo que ya se ha olvidado del
pueblo— aprobó una reforma que le pone candados y blinda el mecanismo para
ejercer la revocación de mandato. Por eso, hoy lo que queremos es que los
derechos, como mandata la Constitución, sean progresivos y que los
veracruzanos, con ese derecho que tenemos a la participación democrática,
puedan elegir, poner y quitar a sus gobernantes. No le tengan miedo al pueblo
de Veracruz, no le tengan miedo a la participación ciudadana; estamos listos
para que el pueblo mande, para que el pueblo decida”, sentenció.
En
el ámbito jurídico, la demanda presentada ante la SCJN desarrolla siete
conceptos de invalidez con los que el partido busca demostrar la
inconstitucionalidad del decreto.
Entre
las principales violaciones señaladas se encuentra la falta de consulta previa
a las comunidades indígenas y afromexicanas, al considerar que la reforma
afecta sus condiciones de participación. También se denuncia una posible
transgresión al principio de progresividad de los derechos, debido a que el
plazo para recabar firmas de apoyo se redujo de dos a un mes.
Asimismo,
MC impugna los requisitos de distribución territorial de los apoyos ciudadanos,
que, según sus estimaciones, obligarían a reunir aproximadamente 600 mil firmas
—equivalentes al 10 por ciento de la lista nominal estatal—, distribuidas en al
menos 107 municipios. La reforma exigiría, además, alcanzar en cada uno de
ellos el respaldo del 3 por ciento de la lista nominal municipal, condición que
el partido considera carente de sustento constitucional.
Otro
de los argumentos cuestiona una posible violación a la prohibición
constitucional de modificar normas electorales fundamentales dentro de los 90
días previos al inicio del proceso electoral.
La
impugnación también señala la incorporación de un nuevo plazo de 180 días para
expedir la legislación secundaria, pese a que, de acuerdo con el partido, el
plazo original había vencido en mayo de 2022.
A
ello se suman presuntas irregularidades en el procedimiento legislativo, entre
ellas un retraso de 46 días en el cómputo y la declaratoria de aprobación por
parte de los ayuntamientos, así como la falta de certeza jurídica derivada del
uso de los términos “intención” y “solicitud”.
Con
estos argumentos y los antecedentes jurisprudenciales invocados en su demanda,
Movimiento Ciudadano solicita a la Suprema Corte que analice la
constitucionalidad de la reforma y, de acreditarse las violaciones planteadas,
declare su invalidez.
El
partido sostiene que la revocación de mandato debe mantenerse como un mecanismo
efectivo de participación ciudadana y que las reglas para ejercer este derecho
no deben convertirse en obstáculos que impidan a la población evaluar a sus
gobernantes.
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