Fortín, Ver. | 23 agosto de 2012
Tribuna Libre.- Con base al Reglamento de Comercio,
la Industria y Espectáculos a partir de
hoy la extensión a 2 de la mañana del horario máximo de cierre de bares,
cantinas y cervecerías, queda sujeto a previa autorización de Cabildo con
previa justificación y pago correspondiente.
Lo
anterior fue determinado hoy por la tarde, en la Sesión Extraordinaria de
Cabildo y aprobada por unanimidad por los regidores: Diego Alberto Mendoza
Nava, Pedro Martínez Olivares, José Antonio Ramírez Hernández y Carlos Alberto
Eusebio Danes, así como el síndico, Efrén Lara Martínez y el Alcalde, Carlos
Junco López.
La
determinación está avalada por el Reglamento municipal aprobado recientemente y
que en el Artículo 37 sección "B"
estipula en relación a horarios
de bares, cantinas y cervecerías, que: "podrán vender o enajenar bebidas
alcohólicas de 08:00 de la mañana a 12:00 horas; esto con el cierre total del
establecimiento".
Agrega:
"Cualquier empresario o comercio que no acate o infrinja el horario de
este reglamento será sancionado de 200 a 3000 salarios mínimos vigentes de la
zona económica y si se tuviera una segunda falta a este horario se sancionará
con 30 días calendario de clausura temporal".
Mientras
que en el Artículo 39 señala que "los establecimientos comerciales que
requieran horarios especiales, deberán presentar solicitud por escrito al
Presidente Municipal, y al Director de Comercio, quienes en acuerdo mutuo darán
dicha autorización".