Reforma el artículo 2 Bis de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
*El Diputado Juan Bueno Torio del GPPAN fundamenta iniciativa
que reforma el artículo 2 bis de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa para que se integren tribunales especializados
en tema de competencia económica y así evitar abusos de empresas con dominancia
en el mercado
*La iniciativa propone facultar a las salas especializadas
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para que conozcan de
los asuntos en materia de: competencia económica, telecomunicaciones, energía,
transportes, servicios financieros y comercio exterior.
México. D.F. | 08 febrero de 2013
www.tribunalibrenoticias.com
Tribuna Libre.- El diputado Juan Bueno Torio:
Muy buenas tardes,
compañeras y compañeros. Ciudadana presidenta, le pido que el texto íntegro de
la iniciativa forme parte del Diario de los Debates.
Compañeras y compañeros
diputados, la regulación económica es una herramienta que se utiliza en
sectores que presentan fallas de mercado, tales como un monopolio natural,
externalidades, información asimétrica y bienes públicos. Cuando existen fallas
de mercado, el equilibrio que resulta no es lo óptimo, por esto se requiere de
la intervención de órganos reguladores que ayuden a contrarrestar las fallas
del mercado en estos sectores y que permitan conducir a un incremento en el
bienestar de las condiciones de la sociedad.
Los sectores sujetos a esta
regulación tienen una importancia primordial en el funcionamiento de la
economía, ya que impactan fuertemente a las demás actividades económicas. De
esta forma, una intervención equivocada o innecesaria en estos sectores puede
genera una distorsión mayor a la que se pretendía corregir.
En este sentido es necesario
que haya o que exista la intervención de expertos que tengan el conocimiento en
regulación económica y que conozcan el marco regulatorio en que se desarrolla
determinado sector, a fin de garantizar el funcionamiento eficiente de los
mercados regulados.
De esta forma, el proceso de
revisión de las actuaciones de los órganos reguladores debe ser expedito, a fin
de corregir rápidamente las deficiencias en el funcionamiento del mercado para
restituirle al Estado y a la sociedad los beneficios que conlleve su correcto
funcionamiento, además debe garantizar la adecuada defensa de los intereses de
los agentes económicos para evitar posibles abusos por parte de los órganos
reguladores, como hemos visto en algunos casos, y así permitir a éstos últimos
el cumplimiento de los objetivos que tiene para tal fin las autoridades
regladoras.
Por lo anterior, resulta
necesario que dentro de las atribuciones de los tribunales colegiados puedan
contar con una instancia revisora especializada, con conocimientos económicos y
jurídicos en estos temas que son de vital importancia para nuestro país, a fin
de reducir el plazo de cumplimiento de los actos administrativos y resoluciones
de los órganos reguladores, y con ello privilegiar el interés general por
encima de los intereses de particulares.
A este respecto, las
sentencias que emite el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
aún están sujetas a revisión ante el Poder Judicial, lo cual implica que las
resoluciones de los órganos reguladores quedan firmes hasta el agotamiento de
la instancia administrativa contemplada en los ordenamientos sectoriales, así
como de los propios recursos judiciales que podrían recaer en las mismas.
Lo anterior es posible, en
virtud de que la revisión que se realiza en el citado tribunal no trasciende de
la esfera administrativa, pues dicho tribunal es un órgano del Poder Ejecutivo
federal.
Por lo anterior, la revisión
en sede administrativa que establece la regulación sectorial, resulta
inadecuada en términos de economía procesal, así como de aplicación expedita de
la legislación.
En atención a las razones
expuestas respecto de la conveniencia de la revisión en sede administrativa de
las autoridades reguladoras del mercado, como lo que se lleva a cabo en el
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, la iniciativa que se
presenta propone incluir, en las atribuciones de los Tribunales Colegiados de
Circuito, la materia económica.
Y es así que proponemos
reformar el artículo 2o. Bis de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, para que quede en los términos de que la
Junta de Gobierno y Administración procurará que las salas especializadas sean
en las materias de competencia económica, telecomunicaciones, energía,
transporte, servicios financieros y comercio exterior. Por su atención, muchas
gracias, compañeras y compañeros.
La Presidenta diputada
Aleida Alavez Ruiz: Gracias, diputado. Insértese el texto íntegro al Diario de
los Debates y túrnese a la Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión
de Hacienda y Crédito Público, para opinión.