*De tres a diez años de prisión y multa de 500 a mil días de salario
mínimo.
*Recibe el Congreso del Estado dos iniciativas del Ejecutivo estatal, en
materia de Seguridad Pública.
Xalapa, Ver. | 28 mayo de 2014
Tribuna Libre.- Con penas de entre tres y diez años de prisión se
castigaría el delito de “engaño telefónico”, de acuerdo con la Iniciativa de
Decreto para modificar el Código Penal del Estado, enviada por el gobernador
Javier Duarte de Ochoa a la LXIII Legislatura.
La iniciativa, turnada a la comisión permanente de
Justicia y Puntos Constitucionales, plantea adicionar el artículo 173 bis al
Código Penal y un inciso f) a la fracción del artículo 300 del Código 574 de
Procedimientos Penales, para sancionar severamente este delito.
El texto advierte que el engaño telefónico es una
de las conductas ideadas por delincuentes que se valen del temor y la angustia
que causen a sus víctimas, al amenazarlas con provocar daño a su persona,
bienes, familiares o terceros, si no cumplen con las exigencias
económicas que les hacen.
La propuesta implica reformar el artículo 173, para
que “a quien con el propósito de obtener un lucro para sí o para otro, a través
de una llamada telefónica o por cualquier otro medio electrónico, pretenda
engañar a una persona haciendo creer que le va a causar daño a un tercero, se
le aplicarán de tres a diez años de prisión y multa de 500 a mil días de
salario”.
La misma medida se aplicará a quien realice la
llamada o envíe el mensaje electrónico y pretenda hacer creer al receptor que
le causará un daño, o que se ha privado de la libertad a una persona. El
delito se perseguirá de oficio e incluye la prisión preventiva.
El Gobernador también propuso reformar los
artículos 124 y 125 de la ley del Sistema Estatal de Seguridad Publica de
Veracruz. El primero habla de instituir y organizar un Consejo Ciudadano de
Seguridad Pública como instancia colegiada de consulta, que establecerá
mecanismos eficientes para que la sociedad participe en el seguimiento,
evaluación y supervisión del sistema.
Esta reforma, enviada a la comisión de Seguridad
Pública, también impulsará las acciones necesarias en materia de seguridad
pública, prevención social del delito y participación ciudadana, y
coadyuvará con las autoridades para el servicio de la comunidad.
Corresponderá al Titular del Ejecutivo elegir a
quienes integrarán este Consejo y podrán pertenecer a asociaciones civiles,
agrupaciones profesionales, organismos no gubernamentales, empresariales e
instituciones de educación superior.
El artículo 125 propone cuando menos siete
consejeros ciudadanos, uno de los cuales fungirá como Presidente, y tendrán voz
y voto. Los titulares de las secretarías de Gobierno y de Seguridad Pública, de
la Procuraduría General de Justicia y los presidentes municipales de Xalapa y
Veracruz y el secretario ejecutivo fungirán como consejeros gubernamentales,
también con voz y voto.