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noviembre 29, 2014

Administrará gobierno estatal bienes asegurados, decomisados o abandonados

*Con la propuesta enviada por el Ejecutivo, se fortalecen las atribuciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado.


Xalapa, Ver. | 29 noviembre de 2014
Tribuna Libre.- El gobierno estatal tendrá a su cargo la administración y el destino final de los bienes muebles e inmuebles asegurados, decomisados o abandonados, vinculados con procesos penales, luego que el pleno legislativo aprobó el Dictamen de Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados para el Estado de Veracruz.

Derivado de la iniciativa que envió el gobernador Javier Duarte de Ochoa, con 43 votos el Congreso local aprobó esta ley que fortalece las atribuciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJ) y fija las bases normativas para estas acciones.

En la ley se indica la importancia de rescatar esta clase de bienes que aún tienen utilidad y se encuentran ociosos, sin ser usufructuados y sin que reporten utilidad económica al fisco, pudiendo servir para satisfacer necesidades sociales.

Este ordenamiento legal consta de 23 artículos, tres capítulos y cuatro transitorios, crea las figuras de Administrador, el funcionario responsable de llevar a cabo la guarda y custodia de los bienes, y Comisión para la Supervisión de la Administración de Bienes Asegurados, Abandonados y Decomisados, el órgano que estará integrado por el Administrador y los titulares de la PGJ y de las secretarías de Finanzas y Planeación (Sefiplan), Salud (SS) y Seguridad Pública (SSP).

Además, se establece que los bienes cuyo abandono o decomiso se decrete conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, serán enajenados o destruidos por el Administrador; los recursos obtenidos serán destinados a la PGJ, previo procedimiento de enajenación.

En su artículo 21, esta ley contempla que, una vez satisfecha la reparación a la víctima, los recursos obtenidos serán entregados en partes iguales a la PGJ, a la SS y a la Comisión Estatal para Atención Integral a Víctimas del Delito.

También se faculta a la Sefiplan para que lleve a cabo los procedimientos de enajenación de los bienes abandonados y decomisados, debiendo incorporar los recursos obtenidos al presupuesto estatal, bajo los principios de transparencia y rendición de cuentas.


Mediante el artículo I transitorio, se plantea que este decreto entre en vigor de manera sincronizada con el Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado, de conformidad con la declaratoria correspondiente, aprobada mediante Decreto número 297, publicado el 10 de septiembre de 2014 en la Gaceta Oficial del Estado. 

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