*Presentó
el diputado Ciro Gonzalo Félix Porras una Iniciativa de Ley que reforma el
Código Penal del Estado.
*El Grupo
Legislativo del PAN propuso modificar el mismo ordenamiento en materia de
delitos electorales.
Xalapa, Ver. | 28 noviembre de 2014
Tribuna Libre.- Con penas de seis meses a dos años de prisión y
multa de 150 a 300 días de salario mínimo se castigaría a quienes se valgan de engaños,
actos de hostigamiento o intimidación para cobrar deudas bancarias o
departamentales, de aprobarse una iniciativa de ley que reforma el Código Penal
de Veracruz presentada por el diputado Ciro Gonzalo Félix Porras.
El proyecto de ley, enviado para su dictamen a la
Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, advierte que ante el
aumento de la “cartera vencida” de las instituciones bancarias y tiendas
departamentales, y falta de liquidez, los requerimientos de cobro
extrajudiciales, mediante llamadas telefónicas, documentos apócrifos e incluso
amenazas de despachos de cobranza se han vuelto una verdadera molestia.
Este procedimiento afecta no sólo a quien contrajo
la obligación sino también a sus parientes, amistades, conocidos e incluso
extraños que, sin tener ningún tipo de relación, son molestados por este tipo
de actividades.
En otras entidades ya se legisló en la materia, por
lo que Veracruz también debe tomar medidas –destacó el Legislador– y propuso
adicionar el capítulo VI Bis, con un artículo 173 Bis, al título III del libro
segundo del Código Penal para el Estado de Veracruz.
De acuerdo con esta iniciativa, “al que con la
intención de requerir el pago de una deuda, útiles medios ilegítimos, o se
valga de engaños, o efectúe actos de hostigamiento o intimidación en contra del
deudor, o de quien funja como aval de éste o de quien haya servido como
referencia, se le impondrá prisión de seis meses a dos años una multa, de 150 a
300 días de salario mínimo, además de las sanciones que correspondan si, para
tal efecto, se emplearon documentos o sellos falsos, o se usurparon funciones
públicas o de profesión”.
REFORMA
EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES
Durante la sesión, el Grupo Legislativo del Partido
Acción Nacional (PAN) también propuso reformar el Código Penal de Veracruz en
materia de delitos electorales, que establezca tipos penales, sanciones,
distribución de competencias y formas de coordinación entre la federación y las
entidades federativas y hacer las armonizaciones con las leyes federales.
El documento plantea que la reforma constitucional
publicada el 2 de febrero de 2014 prevé en el artículo segundo transitorio,
fracción III, que el Congreso de la Unión deberá expedir una ley general en
materia de delitos electorales.
El pasado 14 de mayo, el Congreso de la Unión
aprobó la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que tipifica y
sanciona las conductas que lesionan el interés público y consolida el sistema
jurídico penal electoral, al establecer los tipos penales que impiden la
realización de los principios consagrados en la norma fundamental.
También se describen las conductas de los sujetos
activos del delito en materia electoral, que tendrán por sanción desde la
pecuniaria hasta la pena privativa de la libertad y, en su caso, la suspensión
de los derechos políticos electorales.
El 23 de mayo, esta ley general también se publicó
en el Diario Oficial de la Federación. En su artículo cuarto
transitorio estableció que: los congresos de los estados, en un plazo no mayor
a seis meses a partir de su entrada en vigor, procederán a hacer las reformas
pertinentes en las leyes específicas, para armonizarlas en lo conducente a la
misma.
El Grupo Legislativo del PAN busca que en Veracruz
se realicen las reformas pertinentes a las leyes y códigos que regulan la
materia, a fin de armonizarlos en un plazo no mayor a seis meses, cuyo término
vence este 24 de noviembre.
Para ello, se propone reformar el artículo primero
y se derogue el título XX denominado Delitos contra la Función Electoral, del
Código número 586 Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio
de la Llave.