*Necesario, tomar medidas acordes con la realidad
actual, considera la diputada Octavia Ortega al presentar una iniciativa que
reforma la Ley contra el Acoso Escolar para el estado.
Xalapa, Ver. | 19 Diciembre de 2014
Tribuna Libre.- Con el propósito
de que se resuelvan y eviten los casos de acoso escolar que se suscitan en los
planteles de la entidad, la diputada local Octavia Ortega Arteaga propuso crear
en Veracruz los Centros de Mediación Escolar como órgano encargado de recibir,
dar seguimiento y resolver los conflictos entre educandos, educadores o
instituciones.
A través de la
iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley contra el Acoso Escolar para el Estado, explica que la
legislación estatal en materia de acoso escolar, lejos de resolver el problema,
ha creado innumerables situaciones sin solución para educandos y educadores, al
no poder evitar el nacimiento de nuevos conflictos, resultado de la aplicación
de sanciones a cualquiera de las partes sin tener en cuenta los intereses de
las víctimas.
En esta
iniciativa, turnada a la Comisión Permanente de Educación y Cultura, Octavia
Ortega plantea ampliar el catálogo de factores para resolver los casos de acoso
escolar, y convertir este órgano en modelo nacional, además de adaptarlo al
nuevo sistema acusatorio adversarial, establecido en el Código Nacional de
Procedimientos Penales, garantizando plenamente el respeto irrestricto de las
garantías constitucionales.
Además, recordó
que ya varios países cuentan con un sistema como el que se propone y se
mencionan en documentos internacionales como la Declaración Universal
de los Derechos del Niño (20 de noviembre de 1959), Reglas
mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (reglas
de Beijing, 28 de noviembre de 1985), Directrices de las Naciones Unidas
para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (directrices de Riad, 14
de diciembre de 1990) y la Convención sobre los Derechos del
Niño, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas el 20 de
noviembre de 1989, y que entró en vigor para México el 21 de octubre de 1990).
En el caso de esta
iniciativa y como modelo garantista, se toma como eje rector el principio del
interés superior de los niños y los adolescentes, que se traduce en la
necesidad de crear un sistema de medios alternos de solución de controversias,
basado en el derecho de mínima intervención; es decir, que el Estado no opere
como vigilante, sino como garante de que las partes puedan llegar a un acuerdo
en el que ambas partes salgan beneficiadas.
En la propuesta
legislativa se promueve la regulación de la conformación de los Centros de
Mediación Escolar, que pueden ser de una o de un conjunto de escuelas, pero
obligatoria para cada plantel de la entidad, además de la certificación del
Centro de Mediación, del director y los mediadores.
Con ello, también
se obliga a la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) a crear un registro de
las instituciones educativas del estado que cuenten con su Centro de Mediación
Escolar o de aquellas que se conformen por dos o más escuelas; además también
obliga a los centros a guardar reserva sobre la información de que dispongan
acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno, educador o
institución.
A través de un
transitorio, la legisladora propone que, en un plazo de tres meses a partir de
la entrada en vigor de la reforma, cada institución educativa cuente con su
Centro de Mediación Escolar certificado.