Xalapa, Ver. | 29 junio de 2015
Tribuna Libre.- El nuevo
Reglamento de Tránsito para Veracruz garantiza los derechos a la libre
circulación, manifestación y uso de la vía pública, siempre que no se ponga en
riesgo la integridad de las personas.
En un comparativo
realizado entre las tarifas de multas por infracciones en diferentes entidades,
las del estado veracruzano se encuentran por debajo de la media nacional en la
mayoría de los casos.
En el documento,
publicado en días pasados, se establecen los nuevos parámetros de sancionas
actualizadas a la economía actual; además, se contemplan lineamientos para
garantizar la convivencia entre conductores y peatones en la vía pública.
Las infracciones,
contrario a lo que se ha señalado, no son excesivas y sólo se aplican a las
personas que infrinjan las normas de convivencia establecidas en ese texto.
Muchas de estas
tarifas comparadas con las de entidades como Puebla, Nuevo León y Yucatán,
muestran que muchos de los rubros se encuentran dentro de los parámetros
contemplados por distintas autoridades en la materia.
Un ejemplo de esto
son las multas aplicadas por utilizar el teléfono celular al conducir un
vehículo, que en Veracruz es sancionado de 41 a 61 salarios mínimos, mientras
que en Nuevo León es de entre 50 y 200.
Además, por
conducir en estado de ebriedad, en Veracruz se castiga con 65 a 80 salarios
mínimos; en Puebla la multa es de entre 50 y 100 salarios, y en Nuevo León va
de los 50 a los 200.
Entre las multas
más frecuentes se encuentran: estacionarse en lugar prohibido, que en la
entidad se aplica por entre 15 y 20 salarios, pero en Yucatán llega a ser de 13
a 20.
Con respecto a
estacionarse sobre el paso peatonal o en un paso para personas discapacitadas,
la multa en Veracruz es de 30 a 40 días de salario mínimo, en tanto que en
Nuevo León es de 30 a 50.
Estas sanciones se
pueden conocer en la página www.veracruz.gob.mx/reglamentodetransito
.
Para detalles,
consultar en la plataforma de la red social Youtube, en la dirección http://youtu.be/HnDbQjZvV_o, donde se
encuentra un video relativo emitido por la Dirección General de Tránsito y
Seguridad Vial del Estado.
En el video se
desmitifica el nuevo Reglamento, pues se explican algunos de los puntos que en
días pasados han generado polémica, como el uso de las banquetas y la vía
pública para manifestaciones.
Del mismo modo, se
explica que en ningún momento se prohíbe el acceso a derechos como la libre
manifestación de las ideas, pues, al contrario de lo que se ha señalado en el
texto, se garantiza la seguridad de las personas que deciden protestar en la
vía pública; tampoco se impide la venta o los actos de malabarismo en las
calles, siempre que no se ponga en peligro la vida de las personas.
Se especifica la
aplicación de mecanismos modernos de medición de la velocidad, a través de la
fotomulta, y la utilización de los radares para la aplicación de sancionas a
quienes excedan los límites establecidos por la autoridad.
En todo momento se
señala que para el uso de la vía pública el peatón es primero, por lo que las
personas pueden usar la banqueta sin temor a ser infraccionados de alguna
manera.