*Joaquín Rosendo Guzmán Avilés explica que los
diputados avalaron la reforma para garantizar el derecho a la vida del ser
humano desde la concepción hasta la muerte natural.
*Las excepciones en la ley para casos de aborto no
fueron modificadas.
Xalapa, Ver. | 26 enero de 2016
Tribuna Libre.- La reforma al
Artículo 4 de la Constitución Política aprobada en el Congreso de Veracruz para
garantizar el derecho a la vida del ser humano, desde la concepción hasta
la muerte natural, no criminaliza a las mujeres, afirmó el legislador
Joaquín Guzmán secretario de la comisión permanente de Salud y Asistencia de la
LXIII Legislatura local, quien lamentó que muchos hayan interpretado
erróneamente la modificación.
Los diputados lo
único que hicimos fue reformar la Constitución local para agregar la
protección del derecho a la vida. En ninguna parte de la iniciativa estuvo
considerado el tema del aborto, añadió.
Recomendó a
organizaciones defensoras de los derechos reproductivos de las mujeres,
académicos y otros actores políticos que han cuestionado la citada legislación,
que la analicen y comparen con el contenido del Código Penal, en materia
de aborto, para que puedan cerciorarse que este tema permanece
intacto, no existe tal criminalización de la mujeres.
El Código Penal de
Veracruz, en el artículo 150 establece que la mujer que se provoque o
consienta que se le practique un aborto, se le sancionará con tratamiento en
libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud.
El artículo 154
establece que “el aborto no es punible cuando”: Es causado por
imprevisión de la mujer embarazada. El embarazo sea resultado de una violación
o de una inseminación artificial no consentida, siempre que se practique dentro
de los 90 días de gestación.
También cuando a
juicio de los médicos exista razón suficiente de que el producto padezca una
alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos
o mentales graves.
Esas causales no
se tocaron, insistió Guzmán Avilés, es incorrecto decir que en Veracruz
se criminaliza a las mujeres que interrumpan un embarazo, lo que sucede
es que algunos estados también hicieron reformas en la materia que dice que el
aborto se puede practicar hasta la tercera semana de gestación, pero eso
ya depende de cada gobierno estatal y de los Congresos Estatales.
La reforma al
artículo 4 constitucional aprobada el pasado jueves, sólo establece que
el estado garantizará el derecho a la vida del ser humano, desde el momento de
la concepción hasta la muerte natural, como valor primordial que sustenta el
ejercicio de los demás derechos, salvo las excepciones previstas por ley.