El nombre de los
servidores es público y debe incluirse: IVAI
*La determinación del organismo busca la máxima
publicidad.
Xalapa, Ver. | 11 marzo de 2016
Tribuna Libre.- El Instituto
Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) dejó sin efectos las fracciones I
y IV, última parte, del décimo primero de los Lineamientos Generales que
deberán Observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para
Publicar y Mantener Actualizada la Información Pública, relativas a la omisión
de publicar el nombre de los servidores públicos en el tabulador y de las
personas en la nómina.
Esto, ya que ya
que a partir de una nueva reflexión que pondera de mejor manera los derechos y
principios que inciden en el acceso a la información, el organismo ha sostenido
en diversas sentencias que el nombre de los servidores públicos es de acceso
público, y que de excluirlo del tabulador de salarios se generaría una
violación al principio de máxima publicidad, previsto en el artículo 6 de la
Constitución política federal.
La determinación
del órgano garante de transparencia del estado se dio luego de resolver un
recurso de revisión interpuesto en contra de la omisión de la Universidad
Tecnológica del Sureste de dar respuesta a una solicitud sobre a cuánto
asciende el salario que gana el rector de esa institución al mes, así como a
cuánto ascendió en pesos el aguinaldo que percibió en 2015.
Ante la falta de
respuesta y la postura garantista de la nueva integración, el IVAI ordenó que
se entregue de manera gratuita la información solicitada, misma que deberá
contener el nombre del servidor público de que se trata.
Por otro lado, el
Instituto Veracruzano de Acceso a la Información resolvió un recurso de
revisión presentado en contra del Partido Revolucionario Institucional,
relacionado con una solicitud sobre el monto total de viáticos comprobados en
todos sus departamentos y todas sus áreas de trabajo en la sede estatal y sedes
municipales del estado de Veracruz de los años 2010 a 2015.
En este asunto,
los comisionados ordenaron al partido entregar la información y actualizar el
vínculo de su página electrónica que debe contener la obligación de
transparencia relativa a este tema. Asimismo, lo exhortaron para que en
posteriores ocasiones dé cabal cumplimiento a los procedimientos y términos
establecidos en la ley de la materia respecto a la tramitación de solicitudes
de información que se le formulen, apercibido de que de no hacerlo se procederá
en términos de las responsabilidades y sanciones referidas en la ley.
Por otro lado –en
un recurso de revisión interpuesto en contra del Ayuntamiento de Ángel R.
Cabada sobre nombres, sueldos, grado de estudios y cargos de los integrantes
del cabildo– dado que el ente obligado puso a su disposición en el domicilio
del Ayuntamiento lo tocante a los sueldos, el IVAI le ordenó que esta
información sea remitida al peticionario en formato electrónico pues, conforme
al Código Fiscal de la Federación y la Ley del Impuesto sobre la Renta, los
patrones tienen la obligación de expedir y entregar a sus trabajadores los
comprobantes del pago de nómina de manera digital, a través de la página de
internet del Servicio de Administración Tributaria CFDI.
Finalmente, el
IVAI resolvió un recurso de revisión en contra del Poder Judicial del Estado,
relacionado con la solicitud de conocer cuántas personas integran el Tribunal
de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, el
nombre y puesto que desempeña cada servidor público y su sueldo mensual, en el
periodo del primero de enero de 2015 al quince de enero de 2016.
En este caso, se
ordenó la entrega de manera electrónica de la información relativa al
directorio de servidores públicos, así como sueldos, salarios y remuneraciones;
lo que también deberá actualizar el sujeto obligado en su portal de
transparencia.
En la sesión
pública del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
resolvió 19 recursos de revisión.