*Se reformaron las
normas para titulares de Tesorería, Contraloría y de Obras Públicas
*Es importante el título
profesional pero también es válida la experiencia
*Los Cabildos pueden
nombrar a alguien sin autorización del Congreso
Xalapa, Ver. | 07 abril de 2016
Tribuna Libre.- Los estudios
profesionales y la experiencia son importantes al ocupar un puesto del orden
público municipal, razón por la que reformamos el Artículo 68 de la Ley
Orgánica del Municipio Libre, mencionó el diputado local, Julen Rementería del
Puerto.
La modificación
aprobada expresa que los servidores públicos, en dado caso de no contar con
título profesional o carta de pasante pueden asumir el cargo siempre y cuando
tenga experiencia acreditada en el área.
El ex alcalde
porteño aseveró que esta reforma es aplicable a los titulares de la Tesorería,
Dirección de Obras Públicas y al Contralor municipal por lo cual se modificaron
los artículos 72, 73 Bis y 73 Quater.
Anteriormente, se
señalaba que era normatividad el requisito de título o pasantía en determinadas
profesiones para ocupar cargos públicos.
El legislador
apuntó que la iniciativa surge para resolver aquellos casos en que los
candidatos a ocupar cualquier cargo no cuenten con un título profesional o
pasantía pero sí con amplia experiencia en el ramo.
Debido a las
características de Veracruz, la alta marginación así como el bajo promedio de
escolaridad que en muchos municipios prevalece, resultaba difícil cumplir
estrictamente las disposiciones legales antes establecidas.
Eso permitía nombrar
en los cargos públicos mencionados a personas ajenas a esos municipios, que
desconocían la realidad social, política y económica de dichos sitios,
situación que tampoco ayudaba a eficientizar la administración pública,
reconoció.