La sala monterrey otorga 48 horas para que 3 ciudadanos subsanen las inconsistencias detectadas relacionadas con el apoyo ciudadano
Monterrey, Nuevo León. | 18 abril de 2016
Tribuna Libre.- La Sala Monterrey
resolvió 3 juicios ciudadanos promovidos, respectivamente, por Nanci
Leticia Fuentes Guajardo, Nicolás Leal Cisneros y Donaciano Garza Villareal
contra diversas resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de
Tamaulipas (TRIELTAM).
El pleno de la
sala revocó tales determinaciones impugnadas, así como los acuerdos
del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), por los que se negó el
registro de los actores como candidatos independientes a cargos de elección
popular en el estado de Tamaulipas. Lo anterior, al considerar que se violó la
garantía de audiencia de los ciudadanos que solicitaron dicho registro,
pues era indispensable que el IETAM les informara a los promoventes,
con precisión, las inconsistencias advertidas en sus respaldos ciudadanos
a fin de que éstos estuvieran en posibilidad de subsanar oportunamente las
irregularidades u omisiones detectadas.
Además, en el
juicio ciudadano 110 de este año se consideró que no resulta procedente la
aplicación del estándar contenido en la Convención de Venecia que implica la
presentación de uno por ciento de firmas de apoyo, para estar en condiciones de
obtener el registro como candidatos independientes. Esto último, pues esa
directriz internacional no cuenta con el carácter de tratado o convención
propiamente.
La Sala Monterrey
confirma que cuatro ciudadanos no cumplieron con el 3% de apoyo ciudadano
La Sala Regional
Monterrey resolvió cuatro juicios ciudadanos promovidos por Sebastían
Domínguez Silvan y otros, por los cuales determinó confirmar el criterio del
TRIELTAM respecto a los requisitos que deben cumplir los aspirantes a
candidatos independientes para obtener su registro. Dicha decisión, consistió
en negar el registro como candidatos independientes a aquellos ciudadanos que
incumplan con presentar el procentaje legal de apoyo ciudadano.
El pleno confirmó
las resoluciones, pues estimó que el decreto de reforma constitucional,
publicado el veintinueve de enero de este año, y en el que se prevé un
porcentaje de respaldo ciudadano menor al establecido en la ley electoral de
Tamaulipas, se refiere únicamente a los candidatos que pretenden
integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, más no incide en la
legislación de Tamaulipas. Por lo que continúa válida la exigencia de cumplir
con el tres por ciento de la lista nominal.
Asimismo, en el
juicio ciudadano 116 se determinó que el IETAM, en lo que corresponde al
registro de candidatos independientes dado la naturaleza de sus propias
exigencias, no debe requerir documentos faltantes, ni tomar en cuenta apoyos
recibidos fuera del plazo previsto para ello.
En el mismo
sentido, el pleno consideró confirmar la resolución del TRIELTAM en el juicio
ciudadano promovido por Víctor Manuel Vergara Martínez, pues si bien el actor
no tuvo conocimiento sobre cuáles apoyos ciudadanos se habían desestimado por
duplicidad por el IETAM, en nada cambiaría la determinación primigenia relativa
al incumplimiento del porcentaje de apoyo exigido pues aun corrigiendo las
inconsistencias detectadas, no alcanzaría el 3%.
Por último, en el
juicio ciudadano presentado por Samuel Alejandro García Sepúlveda en
contra de la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León de
desechar su escrito tramitado vía recurso de reclamación, el pleno resolvió
revocar tal determinación, ya que el tribunal local restringió su derecho
al acceso a la justicia al exigir un plazo imprevisible para el
promovente, debido a que la instauración del recurso de reclamación
local derivó de un reencauzamiento realizado por la propia Sala Regional a
partir de una interpretación extensiva del marco normativo aplicable.