Por falta de profesionalización, síndicos y agentes municipales no pueden suplir al MP: guzmán avilés
*El Código Nacional de
Procedimientos Penales, exige la especialización en las investigaciones.
*El 18 de junio entra en
vigor a nivel nacional el nuevo sistema penal acusatorio.
Xalapa, Ver. | 22 abril de 2016
Tribuna Libre.-El diputado local,
Joaquín Rosendo Guzmán Avilés propuso derogar las facultades que actualmente
están dispuestas a los Síndicos, Agentes Municipales y Sub agentes para suplir
o auxiliar al titular de los Ministerios Públicos.
Advirtió que el
nuevo modelo procesal acusatorio exige la especialización para la elaboración
de actos procesales, enfocándose primordialmente en los elementos policiacos y
el agente ministerial.
Señaló que, aunque
la Ley del Municipio Libre en sus Artículos 37 y 62, Fracción IX prevé a las
tres autoridades locales para desempeñar el cargo, tampoco se les exige mayores
requisitos que el ser ciudadanos residentes.
Indicó que el
Código Nacional de Procedimientos Penales no reconoce a estos servidores
públicos como autoridades que puedan suplir al Ministerio Público bajo ningún
caso, explicó Guzmán Avilés.
“Si realmente se
desea transitar a la nueva reforma constitucional que sentó sus bases el 18 de
junio del 2008, se requiere aprobar la Iniciativa que deroga dichas
atribuciones”, apuntó.
El legislador
recordó que en junio de este año se cumple el plazo de 8 años para que las
instituciones involucradas en el proceso penal realicen los cambios necesarios
para su implementación.
Finalmente,
destacó que el nuevo sistema responde a una exigencia de la sociedad y debe ser
un punto de inflexión para combatir la impunidad, ineficacia y corrupción.