Por falta de profesionalización, síndicos y agentes municipales no pueden suplir al MP: guzmán avilés

*El Código Nacional de Procedimientos Penales, exige la especialización en las investigaciones.

*El 18 de junio entra en vigor a nivel nacional el nuevo sistema penal acusatorio.


Xalapa, Ver. | 22 abril de 2016
Tribuna Libre.-El diputado local, Joaquín Rosendo Guzmán Avilés propuso derogar las facultades que actualmente están dispuestas a los Síndicos, Agentes Municipales y Sub agentes para suplir o auxiliar al titular de los Ministerios Públicos.

Advirtió que el nuevo modelo procesal acusatorio exige la especialización para la elaboración de actos procesales, enfocándose primordialmente en los elementos policiacos y el agente ministerial.

Señaló que, aunque la Ley del Municipio Libre en sus Artículos 37 y 62, Fracción IX prevé a las tres autoridades locales para desempeñar el cargo, tampoco se les exige mayores requisitos que el ser ciudadanos residentes.

Indicó que el Código Nacional de Procedimientos Penales no reconoce a estos servidores públicos como autoridades que puedan suplir al Ministerio Público bajo ningún caso, explicó Guzmán Avilés.

“Si realmente se desea transitar a la nueva reforma constitucional que sentó sus bases el 18 de junio del 2008, se requiere aprobar la Iniciativa que deroga dichas atribuciones”, apuntó.

El legislador recordó que en junio de este año se cumple el plazo de 8 años para que las instituciones involucradas en el proceso penal realicen los cambios necesarios para su implementación.


Finalmente, destacó que el nuevo sistema responde a una exigencia de la sociedad y debe ser un punto de inflexión para combatir la impunidad, ineficacia y corrupción.