*Aprueban diputados el dictamen –en su segunda etapa-
que retira también el fuero a secretarios de despacho, Contralor General,
presidentes , síndicos e integrantes de Concejos municipales, así como los
consejeros del OPLE y del IVAI
Xalapa, Ver. | 20 mayo de 2016
Tribuna Libre.- La LXIII
Legislatura de Veracruz aprobó –en su segunda etapa- el dictamen de reforma
constitucional para eliminar el fuero conferido al Ejecutivo estatal, los
secretarios de despacho, el contralor general, presidentes municipales y
síndicos, o miembros de los Concejos, así como el secretario ejecutivo y
consejeros y del Instituto Electoral Veracruzano (Organismo Público Local
Electoral) y de igual modo, los consejeros del Instituto Veracruzano de
Acceso a la Información (IVAI).
En la tercera
sesión ordinaria, del segundo periodo, del tercer año de labores, los
legisladores aprobaron, con 43 votos a favor, una abstención –del diputado
Eladio del Ángel Zumaya- y ninguno en contra, este Dictamen que establece la
disposición de eliminar el fuero, dado que en el contexto actual no hay
justificación para la existencia de esta figura jurídica, además de ser un
reclamo social.
El dictamen del
decreto que deroga disposiciones del artículo 76 y reforma el 78 de la
Constitución Política del Estado refiere que en la actualidad no debe haber
privilegios o fueros de los altos funcionarios del Poder Ejecutivo, tanto del
ámbito estatal como municipal, pues la tendencia internacional ha apostado por
la transparencia y la aplicación expedita y oportuna de la ley.
La legislación
contempla con el fuero constitucional únicamente a los diputados, al Fiscal
General del Estado, los magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de
Derechos Humanos (CEDH). Estos se sujetarán al procedimiento marcado en la Ley
de Juicio Político y Declaración de Procedencia, en los que se respetan las
garantías de audiencia y legalidad.
Al ser aprobada en
dos periodos ordinarios como lo marca la ley, corresponde enviar este decreto a
los 212 ayuntamientos de la entidad para que en un plazo máximo de 60 días
envíen su acta de Cabildo con el sentido de su voto a la Secretaría General del
Congreso del Estado.