*El fin es ahorrar
tiempo, y el demandante sea escuchado de viva voz.
*Hay que privilegiar la
dignidad y los derechos humanos de las personas.
Xalapa, Ver. | 23 mayo de 2016
Tribuna Libre.- Las demandas por
pensión alimenticia en la entidad podrían realizarse con mayor agilidad si se
reforma el Código de Procedimientos Penales y se establezca sea de manera oral
ante los tribunales, garantizando así la manutención de los menores,
justificó el diputado Édgar Hugo Fernández Bernal.
Esta Iniciativa,
plantea que un Juez disponga de 24 horas para fijar una pensión provisional al
tiempo que sea el mismo quien decrete el porcentaje que deberá ser otorgado.
El legislador
local señaló, la legislación actual que estipulas las demandas de manera
escrita provoca un retraso de hasta 8 días en promedio, y en consecuencia, el
aseguramiento de la pensión provisional sufre dilación.
Ante este
escenario, es conveniente reducir los tiempos realizando reformas a los Artículos
61, 207 y 210 del Código de Procedimientos Civiles, y así el Estado es quien
garantiza los mecanismos por el cual se favorece la necesidad de niñas, niños o
adolescentes de recibir alimentos.
Fernández Bernal,
explicó que la adecuación al Artículo 61, relativo al plazo de tres días, se
propone una excepción a la regla general haciendo la remisión al Artículo 210.
Dicho Artículo
mandata que el Juez fijará la pensión provisional y decretaría su aseguramiento
en las 24 horas siguientes, siempre y cuando se presenten las actas del estado
civil o del vínculo matrimonial o parentesco con el deudor alimentista.
Lamentablemente en
Veracruz, más de 527 mil hogares tienen como jefa de familia a una mujer, por
lo que es necesario crear medidas que garanticen el interés superior de los
menores, mediante su derecho a recibir alimentos, vestido, educación y
protección, expuso Fernández Bernal.
Iniciativa
presentada el 12 de Marzo del 2015 y enviada a Comisiones para su estudio.