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julio 29, 2016

Se revoca constancia de asignación a regidor postulado por el PRD

*La Sala Monterrey revocó la constancia de asignación otorgada a Armando Viramontes Navarro como tercer regidor al ayuntamiento de Villanueva, Zacatecas por el principio de representación proporcional.


Monterrey, Nuevo León. | 29  julio de 2016
Tribuna Libre.- El Pleno de la Sala Regional determinó que existían pruebas suficientes para considerar que dicho ciudadano incumplió con la obligación de separarse de sus funciones como Secretario de Gobierno del Ayuntamiento de Villanueva, noventa días antes de la jornada electoral.

Lo anterior, pues si bien solicitó licencia para separarse en marzo de este año, se encontraron documentos que acreditan que regresó a ese cargo en el mes de mayo, cuestión que la ley prohíbe. En consecuencia, se ordenó otorgar la constancia de asignación a favor del suplente de la fórmula.

En otro asunto, la Magistrada y los Magistrados determinaron que fue incorrecta la decisión del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas que incluía las planillas de candidatos independientes de diversos municipios de esa entidad, aun cuando no hubieran presentado listas para contender por regidurías de representación proporcional.

Para la Sala, quien revocó la decisión, las asignaciones por ese principio requieren, sin excepción, tener listas registradas y votadas en la elección. Como ese requisito no se cumplía, dejó sin efectos las asignaciones realizadas a candidaturas independientes en Jerez García Salinas y Génaro Codina.

Por último, el Pleno de la Sala Monterrey, revocó las multas que la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes había impuesto al Presidente Municipal de Aguascalientes, al estimar, que el requirimiento hecho al alcalde no había sido claro, el cual juzgó la Sala local no se había cumplido, y por ello aplicó dichas multas.

En ese sentido, los magistrados determinaron que todas las autoridades están obligadas a utilizar un lenguaje comprensible al comunicarse; pues la falta de claridad en lo pedido puede generar una respuesta imprecisa, como ocurrió en este caso, y también dilación o retardo en el trámite y decisión de los juicios.


Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 7 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, 18 juicios de revisión constitucional electoral y 2 juicios electorales.

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