El PRI se sale con la suya, y avala Ley de Seguridad Interior; no más militares sino justicia: analistas

*En
contraste, los especialistas señalan que en lugar de darle atribuciones legales
al Ejército para incidir en materia de seguridad pública para mantenerlo en las
calles, sería necesario fortalecer y capacitar a las policías -que son la
primera línea de seguridad interna-, además de fortalecer las instituciones civiles
de procuración de justicia.
Ciudad de México. | 01 diciembre de 2017
Tribuna Libre.- Este día, el Congreso de la Unión aprobó la
iniciativa de Ley de Seguridad Interior. Tras ser avalada, el Senado de la
República deberá aprobarla. De ser así, el Ejecutivo federal tendría más
atribuciones legales para disponer, a discreción y sin controles legislativos,
de la totalidad de la fuerzas armadas [Ejército, Armada y Fuerza Aérea] y de
las instituciones de seguridad pública para preservar el orden y prevenir “el
surgimiento de amenazas”. El riesgo, señalan analistas consultados, es la
violación de derechos humanos a partir de una estrategia autoritaria.
Con 215 votos a favor, 101 en contra y 4
abstenciones, los diputados aprobaron el dictamen, y desecharon las reservas interpuestas.
Si consideramos que “la fuerza debe de ser el
último recurso; que la criminalidad debe de enfrentarse sobre todo a través de
investigación; que los derechos humanos deben de ser un dique infranqueable al
ejercicio del poder, entonces [la Ley] es una mala noticia”, porque “el uso de
las fuerzas armadas como recurso para enfrentar problemas de seguridad, puede
ser una constante características de estados con un rasgo más autoritario”,
comentó a SinEmbargo el doctor Pedro Salazar, director del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Con el nuevo marco legal, el Ejército podrá
seguir con su papel de policía -sin tener atribuciones como tal-, tan pronto y
como lo determinen el Presidente de la República y un Consejo de Seguridad
Nacional, integrado por los Secretarios de Gobernación, Defensa Nacional,
Marina; Seguridad Pública; Hacienda y Crédito Público; Relaciones Exteriores;
Comunicaciones y Transportes; el Procurador General de la República y el
director general del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen).
En septiembre del año pasado, Tomás Zerón de
Lucio se convirtió en el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad,
teniendo como tarea la de proponer al consejo políticas, lineamientos y
acciones en materia de Seguridad Nacional, además del contenido del Programa
para la Seguridad Nacional. El ex director de la Agencia de Investigación
Criminal de la PGR, quien en 2014 no pudo dar respuesta a la desaparición de 43
normalistas en Iguala Guerrero, hoy es el encargado de administrar y
sistematizar los instrumentos y redes de información que se generan en el
Consejo; y de promover la ejecución de las acciones conjuntas que éste acuerde.
La Ley de Seguridad Interior busca limitar la
participación de las fuerzas armadas en tiempos de paz, así como definir sus
atribuciones cuando realicen labores que corresponden a las fuerzas de
seguridad pública. La justificación para impulsarla es que las policías han
sido rebasadas por la violencia. En contraparte, sus detractores señalan que
las disposiciones de la iniciativa son ambiguas y que, por tanto, podrían
militarizar aún mas al país e incrementar las violaciones a los derechos
humanos. Para ellos, existe la posibilidad de que la norma sea utilizada con
fines políticos y represivos.
Para el doctor Salazar, la nueva normatividad
no consolidará ni revertirá las críticas condiciones de violencia en las que se
sume México. Empero, reconoció que la Ley “tendrá, como uno de sus efectos, el
prolongar en el tiempo esta estrategia de combate al crimen, en lugar de
apostar, como creo que debería de hacerse, por el fortalecimiento de las
instituciones civiles de procuración de justicia”.
En esto concordó el doctor David Morales
González, especialista de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la UNAM
en procesos políticos , para quien “toda reforma de seguridad tiene que ir de
la mano con el tema de la legalidad y del Estado de Derecho” -además de un
fortalecimiento de las policías y ministerios públicos locales-.
En su opinión, el problema es que “no tenemos
cultura de la legalidad”. Y esa situación, aunada a las imprecisiones o vacíos
en la Ley, nos deja al margen de interpretaciones o criterios que “abren la
puerta a la violación de los derechos humanos, el uso de la fuerza cuando no se
justifica, e inclusive a la represión”.
Para ambos especialistas, la Ley de Seguridad
Interior no resuelve el problema de fondo, que es, a su juicio, cómo nos
dotamos -como país- de instituciones civiles capaces de prevenir, investigar,
perseguir y sancionar los delitos. Esto en una nación que, en la actualidad,
tiene acéfalas a sus principales instancias civiles de procuración de justicia
–las procuradurías General de la República, Electoral y Anticorrupción-.
¿QUÉ
APROBÓ EL CONGRESO ESTE JUEVES?
“Con esta nueva Ley en materia de Seguridad
Interior, lo que hacen es soltarle las manos al Ejecutivo para que pueda, por
sí solo, echar mano de medidas excepcionales, en las que además el recurso de
fuerza es el último recurso”, señaló el doctor Salazar.
Con la aprobación de Ley de Seguridad
Interior, las autoridades estatales y el Presidente de la República podrán
solicitar la intervención del Gobierno federal para contener cualquier “grave
peligro a la integridad colectiva”, a partir de la emisión de una “Declaratoria
de Protección a la Seguridad Interior”. Esto significa que, en todo caso en que
haya una circunstancia de crisis en las que las fuerzas de seguridad pública no
se den abasto, las fuerzas armadas podrán interceder.
Según la iniciativa de Ley, una amenaza para
la seguridad interior de México son todas aquellas situaciones “que superen las
capacidades efectivas de las autoridades competentes” para preservar la paz. O
bien, todo acto que el Estado considere como “violento” y que tienda “a
quebrantar la continuidad de las instituciones” y de los derechos fundamentales
de las personas.
Una marcha o “rebelión”, un sismo, las
acciones criminales de a diario y los ilícitos de alto impacto, podrían entrar
en este paquete ante la amplitud del concepto. Y serían las autoridades
federales, en el ámbito de sus respectivas competencias, quienes determinen
cuándo y cómo deberán participar las fuerzas armadas -o si deben suspender
derechos y garantías para preservar la paz-.
Para el jurista de la UNAM, la ambigüedad con
que la iniciativa establece las causas para emitir una Declaratoria de
Protección a la Seguridad Interior pone en riesgo la paz social, “porque no son
las fuerzas militares las que deberían de estar investigando, persiguiendo, y
eventualmente llevando ante la justicia a las y los criminales”.
Si el Senado aprueba la nueva normatividad en
las siguientes semanas, el Ejecutivo federal podrá implementar de manera
gradual “las Acciones de Seguridad Interior”, que implican, entre otras
cuestiones, la capacidad de las autoridades para intervenir, “por cualquier
medio”, las comunicaciones de quienes sean investigados [Artículo 34 de la Ley
de Seguridad Nacional].
Más allá, el resultado final sería devolver a
los militares a las calles, por “un lapso no mayor de ciento ochenta días
naturales” [Artículo 43]. Y como apuntan los analistas, cabe la posibilidad de
normalizar el uso de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública.
Sin embargo, como menciona la iniciativa, en
ningún caso se buscará sustituir las responsabilidades de los gobiernos local y
estatal con el uso de las fuerzas federales, dejando en claro que las acciones
de orden interno y de seguridad interior que lleven a cabo las fuerzas armadas,
no serán consideradas de seguridad pública [Artículo 17 de la iniciativa].
“No se trata de conceder atribuciones de
policía a las Fuerzas Armadas, sino de definir cuándo, cómo y para qué debe
recurrirse a su empleo”, dijo el año pasado el Secretario de Defensa Nacional,
Salvador Cienfuegos Zepeda. En su opinión, este “apoyo” a las autoridades
civiles debe de estar regulado de manera precisa para delimitar
responsabilidades y alcances de las partes involucradas.
El problema es que la iniciativa no esclarece
a fondo cuándo, cómo y por qué las autoridades podrán emitir una Declaratoria y
dejar la seguridad pública en manos de militares. Esta situación, según el
doctor David Morales González, podría ser una amenaza para todo derecho, porque
no tenemos garantías de lo contrario.
“Tenemos en México esa cultura de crear leyes
que sancionan cada vez más pero no se aplica el Estado de derecho de manera
pareja. La Ley no es para todos […]. Y sin cultura de la legalidad, pasa nada”,
explicó a SinEmbargo.
Autorizado para intervenir en asuntos de
seguridad interna, las acciones del Ejército mexicano serían dirigidas por un
comandante elegido por el Primer Mandatario, mismo que “elaborará el protocolo
de actuación para establecer responsabilidades, canales de comunicación y
coordinación de las autoridades militares y civiles participantes”.
La falta de precisión acerca del modo en que
será establecida la cadena de mando –y por tanto al orden de las
responsabilidades y las atribuciones-, es un vacío preocupante porque deja
abiertas las posibilidades para que las fuerzas armadas enfrenten situaciones
que no están precisadas de manera puntual, lo que pone en riesgo el Estado de
derecho y la estrategia de combate al crimen y la violencia, concluyeron los
analistas.
(sinEmbargo)