La sala regional Monterrey cumplirá su compromiso de impartir justicia con responsabilidad, prudencia y estricto apego a derecho: Valle Aguilasocho
*La
magistrada presidenta de la Sala Regional Monterrey expresó que el deber de los
tribunales es abonar a la certeza sobre las reglas que definen la participación
y el ejercicio de los derechos.
*Al
presentar su Informe de Labores 2016-2017, Valle Aguilasocho refrendó el
compromiso de la Sala Regional Monterrey para sumar a la democracia.
Monterrey,
Nuevo León | 26 enero de 2018
Tribuna Libre.- La Sala Regional Monterrey del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está lista para impartir
justicia con responsabilidad, prudencia y estricto apego a derecho, así como
rendir buenas cuentas a la democracia en este año electoral, expresó su
magistrada presidenta, Claudia Valle Aguilasocho.
“El Tribunal Electoral, sus Salas, las
personas que aquí laboramos estamos listas, estamos preparadas para decidir con
independencia, imparcialidad y profesionalismo los juicios y recursos que se
presenten”, afirmó.
La Magistrada Presidenta de la Sala Monterrey
señaló que se trata de un compromiso con México, en el que la sociedad espera y
exige de sus jueces un actuar responsable y profesional, con altos estándares
de confiabilidad y de apertura, los cuales serán ejes que guíen permanentemente
nuestra colaboración.

En el Salón de Plenos de la Sala Regional
Monterrey, ante la magistrada presidenta del TEPJF, Janine M. Otálora Malassis,
la Comisión de Administración y magistradas y magistrados de la Sala Superior y
Salas Regionales, funcionarios electorales e invitados, Valle Aguilasocho
subrayó que quienes conforman el sistema electoral habrán de demostrar que
México tiene instituciones sólidas, instituciones capaces, formadas por mujeres
y hombres probos y competentes.
“Dejaremos en claro cómo la participación
ciudadana, la expresión de su voluntad en las urnas, será el elemento
definitorio de los resultados en las elecciones que presenciaremos, de las que
tomaremos parte ciudadanía y autoridades, desde el plano que nos corresponde”,
agregó.
Actividad jurisdiccional
En el periodo del 1 de noviembre de 2016 al
31 de octubre de 2017, la Sala Regional Monterrey recibió 680 medios de
impugnación, de los cuales 132 correspondieron a la elección extraordinaria en
el ayuntamiento de Zacatecas capital y la elección de gubernatura, regidurías,
sindicaturas y diputaciones del estado de Coahuila.
Otros de los medios de impugnación estuvieron
relacionados con la fiscalización de recursos ordinarios y de campaña de las
candidaturas ciudadanas y de los partidos políticos contendientes en los
distintos estados que integran la Segunda Circunscripción Plurinominal; y con
la vida interna de los partidos políticos.
El recurso más promovido fue el juicio para
la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con un 74%
(500 juicios), seguido del recurso de apelación con un 10% (65 recursos), en
tanto que los juicios de revisión constitucional electoral, los juicios
electorales, los recursos de revisión, los juicios para dirimir conflictos o
diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral (INE),
así como los denominados asuntos generales, sumaron el restante 16 por ciento.
La Sala Monterrey recibió y resolvió 122
impugnaciones relacionadas con el proceso electoral local en Coahuila, y en el
caso de la elección extraordinaria de Zacatecas capital, se atendieron 19
medios de defensa. Además, se concluyó la resolución de las impugnaciones
relativas al proceso electoral ordinario de Aguascalientes.
En materia de fiscalización, la Sala resolvió
28 recursos de apelación, en los que se impugnaron el dictamen consolidado y la
resolución del Consejo General del INE, mediante el cual se sancionó a diversos
candidatos y partidos políticos, con motivo de las irregularidades encontradas
en la revisión de los informes de campaña, de ingresos y gastos de candidaturas
a diputaciones locales y ayuntamientos, correspondientes al proceso electoral
local ordinario 2016-2017.
El promedio de resolución de los asuntos fue
de 12.55 días, en tanto que el menor tiempo de definición de asuntos urgentes
fue inferior a un día.
Además, las decisiones adoptadas en las
sesiones públicas de resolución se difundieron en Intranet e Internet, así como
también en las redes sociales. Se publicaron 58 boletines de prensa y de ellos
derivaron 617 notas periodísticas.
“Con la vista puesta en 2018 y comprometidos
como judicatura federal y, en alianza con la judicatura local, perfilamos
nuestros esfuerzos a un fin sustantivo: sumar a la certeza en las reglas de la
contienda y los resultados, protegiendo los principios que rigen el proceso y
garantizando una participación ciudadana y plural”, expresó la Magistrada
Presidenta.
Criterios relevantes
Al destacar que el deber de los tribunales es
abonar a la certeza sobre las reglas que definen la participación y el
ejercicio de los derechos, la magistrada presidenta Valle Aguilasocho destacó
que la Sala Monterrey emitió resoluciones que permitieron perfilar criterios
claros respecto del alcance y contenido de figuras jurídicas novedosas que
surgieron de las últimas reformas constitucionales y legales. Así, se
definieron criterios relevantes en temas como reelección, paridad, elecciones
extraordinarias y partidos políticos nacionales en su actuación con
acreditación local.
No constituye reelección que un funcionario
contienda por un distinto cargo del orden municipal (SM-JRC-6/2017 y
SM-JRC-8/2017 acumulados)
El hecho de que regidores que ejercieron el
cargo en el periodo inmediato anterior (hasta diciembre de 2017) sean
postulados en candidaturas a presidencias municipales (enero de 2018), en el
estado de Coahuila, no actualiza la figura de la reelección. La Sala Monterrey
determinó que cuando se contiende para un cargo distinto dentro del
ayuntamiento, la elección consecutiva no se surte, aun cuando ambos cargos, el
que se ocupa y al que se aspira, sean de ayuntamientos.
Adecuación del plazo de separación del cargo
para contender a uno nuevo en una elección extraordinaria (SM-JRC-116/2016)
En el caso, se planteó la necesidad de
definir el plazo de separación anticipada de funcionarios públicos ante una
elección extraordinaria, considerándose válido exigir un periodo menor a los 90
días que se prevén en la ley para procesos ordinarios. Con ello, el Pleno
interpretó el artículo 34 de la Ley Electoral de Zacatecas que faculta al Instituto
Electoral para modificar, con causa justificada, los plazos establecidos en la
convocatoria a elección extraordinaria, dando cauce a un proceso electoral de
carácter sumario, en el que tienen que adecuarse las fases y los plazos, con el
fin de garantizar la celebración de los comicios.
Ajustes de género en regidurías de
representación proporcional en ayuntamientos de Coahuila (SM-JDC-383/2017 y su
acumulado)
Esta Sala sostuvo que el ajuste en la
asignación de regidurías de representación proporcional en la integración de un
Ayuntamiento, debía realizarse entre aquellos candidatos propietarios que
fueron postulados en las planillas de mayoría relativa, con independencia de
que se haya registrado o no una lista de preferencia.
Inconstitucionalidad de normas que prevén el
derecho de un partido que pierde el registro, a acceder a una curul de
representación proporcional (SM-JRC-21/2017 y sus acumulados)
Un partido político local reclamó, con base
en lo dispuesto en la Constitución del Estado de Coahuila de Zaragoza, el
derecho a participar de la asignación de una diputación al Congreso, pese a no
haber conservado el registro, al obtener menos del 3% de la votación valida
emitida. En este asunto se inaplicó, por
falta de regularidad constitucional, la porción normativa del artículo 33 de la
carta fundamental del estado, que señalaba el 2% como base del umbral mínimo
para poder acceder a la asignación de diputaciones, al considerarse que no es
acorde con las bases del sistema de representación proporcional contenidas en
el artículo 116, de la Constitución
Federal.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia
federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la Segunda
Circunscripción electoral, que comprende los estados de Aguascalientes,
Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y
Zacatecas. Está integrada por la magistrada presidenta Claudia Valle
Aguilasocho y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio
Sánchez Cordero Grossman.