La expresión de los columnistas y colaboraciones, es criterio y responsabilidad personal de quien los firma. Más no el sentir de Tribuna Libre Noticias

mayo 28, 2018

La sala regional Monterrey determinó que las reglas en materia de paridad, deben interpretarse procurando el mayor beneficio en favor de las mujeres


Monterrey, Nuevo León | 28 mayo de 2018
Tribuna Libre.- La Sala Regional Monterrey resolvió dos juicios de revisión constitucional y un juicio ciudadano, por los que se impugnó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, que confirmó el acuerdo de registro de las planillas del Partido Movimiento Ciudadano para la elección de los ayuntamientos en esa entidad.

En dichos juicios, entre otras cuestiones, se modificó la negativa de registrar la planilla de Movimiento Ciudadano al Ayuntamiento de Cerralvo. Lo anterior, porque fue incorrecto que el Tribunal local concluyera que no se había cumplido con el principio de paridad por haber registrado una planilla conformada por cinco mujeres y un hombre en tal ayuntamiento. Ello, porque se interpretó incorrectamente el principio de paridad de género, pues éste no debe entenderse en perjuicio de las mujeres.   

El Pleno subrayó que las reglas de paridad buscan establecer un piso mínimo, en el cual, las mujeres puedan competir en igualdad de condiciones para acceder a cargos públicos. Por tanto, descartó que se trate de un límite para que las mujeres sean postuladas sólo para ocupar la mitad de los espacios que conforman una planilla.

Esta misma resolución, dejó en claro que no existe incompatibilidad entre la paridad horizontal en postulación a presidencias municipales y el principio de reelección. Al efecto, se destacó que el principio de paridad debe observarse, sin excepción, en las postulaciones sea o no en la vía de elección consecutiva o reelección.

En un diverso juicio, la Sala Monterrey revocó la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, que a su vez había cancelado el registro de la candidatura a Presidente Municipal por Ciudad Madero, en favor de Adrián Oseguera Kernión, por la Coalición “Juntos Haremos Historia”. Lo anterior, al concluirse que, contra lo argumentado en la instancia local, en el expediente se demostró que es originario por nacimiento de dicha ciudad, pese a existir un testimonio establecido en un acta, en la cual se citaba que había nacido en Tampico. Esto se debió a un error cometido por la autoridad registral, que fue materia de corrección por el propio Registro Civil en cuyos libros y testimonios se asentó la rectificación correspondiente.

En diversos juicios ciudadanos, la Sala se pronunció sobre la legalidad de los procedimientos de registro de candidaturas en municipios de San Luis Potosí y Zacatecas. En estos casos, se llegó a la conclusión de que los Comités Municipales de los Institutos Electorales en esos estados, habían realizado diversos requerimientos a representantes de la coalición, cuando debían haberlos efectuado en forma directa con los partidos políticos coaligados.

Por tal motivo, se estimó que se incumplieron las reglas de la ley electoral y lo que a efecto se dispuso en los convenios de coalición. En particular se identificaron como actuaciones erróneas el haber solicitado a la coalición y no a cada partido, la presentación de listas individuales para regidurías de representación proporcional, así como el registro de planillas de mayoría como planillas de partido, cuando éste forma parte o compite en forma coaligada.

Ante ello, la Sala ordenó que se realicen nuevamente los requerimientos procedentes y se atiendan las modificaciones, con cada uno de los partidos políticos que forman parte de la coalición, vía su representante.

Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 19 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 3 juicios de revisión constitucional electoral.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.

Web Master