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junio 27, 2018

La sala regional Monterrey decide sobre los últimos juicios recibidos en que se combaten registros de candidaturas e inclusión en boletas electorales


Xalapa, Ver. | 27 junio de 2018
Tribuna Libre.- En sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno decidió 7 medios de impugnación, en los cuales se controvertía por diversos ciudadanos, los registros a candidaturas de distintos cargos de elección popular en los estados de Guanajuato, Querétaro y Tamaulipas. Se trata de distintos juicios y recursos recibidos en esta propia semana, cuya decisión se torna de especial urgencia, dada la proximidad de la jornada electoral a celebrarse el próximo domingo primero de julio.

Asimismo, en un juicio ciudadano resuelto en esta oportunidad, el actor en calidad de candidato a la presidencia municipal de ciudad del Maíz, San Luis Potosí, reclamó del Comité Municipal y del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de la entidad, la omisión de ser incluido en la boleta electoral.

Al respecto, la Sala Regional determinó que no existía una omisión al cumplimiento de la norma en cuanto en ella se prevé que deben incluirse en la boleta electoral las candidaturas cuyo registro aprobó la autoridad comicial correspondiente; que en el caso, justificadamente no pudo darse su inclusión, dado que el registro de su candidatura quedó definido un día después de que las boletas se habían terminado de imprimir, por segunda ocasión en ese estado. Circunstancia que, aunada a la proximidad de los comicios, motivaba que el Instituto Electoral local difunda, por los que estime procedentes, respetando la veda electoral, que el candidato que encabeza la planilla por la Coalición Juntos Haremos Historia a esa alcaldía es Edmundo Alvizo Toscano.

Por otra parte, en un recurso de apelación promovido por una organización observadora electoral en los comicios locales que tendrán lugar en Aguascalientes, el Pleno confirmó la negativa del INE a la consulta efectuada en el sentido de que se autorizara la transmisión por parte de observadores electorales de la sesión de escrutinio y cómputo municipales, vía la plataforma Facebook Live. Como se razonó en la ejecutoria, en criterio del Tribunal Federal fue correcta la respuesta que proporcionó la autoridad electoral nacional vía la Junta Ejecutiva en el estado, en el sentido de que dentro de las atribuciones de las y los observadores electorales, no se encuentran este tipo de acciones y que si bien se adujo que ello podía contribuir a la confianza ciudadana al conocer el desarrollo de las tareas de la autoridad electoral, cierto es que la legalidad, la transparencia y la difusión de los resultados electorales, son acciones que se encuentran reguladas y garantizadas con base en normas establecidas previamente incluso al inicio del proceso electoral.

Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 10 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio electoral.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.

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