*Respaldan 44 diputados la iniciativa presentada
por su homóloga, María Josefina Gamboa Torales, del PAN.
Tribuna Libre.- El Pleno de la
LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó el Dictamen por el cual se
reforma la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para
crear el Registro Estatal de Menores, siendo ésta la base de datos con muestras
biométricas de las huellas digitales o dactilares de menores, que resguardaría
la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes;
perteneciente al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado (DIF).
Este Decreto,
resultado de la iniciativa que presentó a nombre del Grupo Legislativo del PAN
el 28 de mayo de 2018 la diputada María Josefina Gamboa Torales, fue aprobado
con 44 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.
De esta manera se
instaurará el Registro Estatal de Menores, mismo que será de carácter
permanente e interés público; que además se regirá bajo los siguientes
parámetros: los datos que integran el Registro Estatal de Menores, serán
estrictamente confidenciales y no podrán ser comunicados o darse a conocer,
salvo que se trate de la petición de una autoridad dentro de un procedimiento
en donde se encuentre en riesgo la integridad de un menor de edad y sea
rigurosamente necesaria para la prosecución del mismo.
Tendrá acceso
exclusivo al Registro Estatal de Menores la Procuraduría Estatal de Protección
para el cumplimiento de las funciones señaladas y no podrá dársele o destinarse
a otra finalidad u objetivo distinto.
El Registro
Estatal de Menores contendrá como mínimo, la siguiente información
identificativa: nombre del menor de edad; nombre de los padres o tutores del
menor de edad; declaración expresa del otorgamiento del consentimiento;
dirección del menor de edad y placa de cada dactilar del menor de edad.
Las Procuradurías
Municipales serán las encargadas de alimentar dicho Registro, mismo que será
actualizado al inicio de los primeros cursos de los niveles escolares que
conforman la educación básica, salvo petición expresa del padre o tutor que
solicite la inclusión del menor de edad, caso en el que será en cualquier
momento.
La Procuraduría
Estatal para cumplir con esta obligación, deberá celebrar convenios con las
Secretarías de Salud y de Educación del Estado.
Para la generación
e integración del registro individual, el padre o tutor del menor de edad,
deberá entregar consentimiento expreso, mismo que deberá tener el carácter de
libre, específico e informado, cumpliendo para ello con los parámetros
señalados por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados para el Estado de Veracruz.