*También
fue aprobado el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones en
relación a la Editora de Gobierno.
Tribuna Libre.- Las diputadas y diputados de la LXIV
Legislatura de Veracruz aprobaron la segunda etapa de dos proyectos de decreto
que reforman diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de
Veracruz, relativas a la comparecencia del Gobernador ante este Poder y en
relación a la autonomía de la Editora de Gobierno.
En la décima sesión ordinaria, el Pleno
aprobó el Decreto por el cual se establece que concluida la comparecencia de
los Secretarios de Despacho o equivalentes, el Gobernador comparecerá ante el
Pleno del Congreso para responder a las preguntas que le formulen los
Diputados.
Este Dictamen registró 43 votos a favor, sin
votos en contra o abstenciones.
En la sesión también fue aprobado el Decreto
que adiciona la fracción VII al artículo 67 de la Constitución local que por el
cual la Editora de Gobierno publicará todas las disposiciones normativas de
observancia general y demás actos que expidan los Poderes del Estado, las
personas de derecho público con autonomía reconocida por esta Constitución
Política, los ayuntamientos de los municipios del Estado y la administración
pública paramunicipal, a través de la Gaceta Oficial, que será el órgano
informativo del Gobierno Constitucional del Estado de Veracruz.
El Congreso designará al titular de la
Editora de Gobierno, con el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes, de conformidad con el procedimiento que determine la Ley.
El titular de la Editora durará en su encargo
cinco años, no podrá ser reelegido y sólo se le podrá remover por las causas
graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento,
o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en la Constitución
local.
Al tratarse de reformas constitucionales y al
ser aprobadas en el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, el Congreso remitirá
estos Decretos a los ayuntamientos para su consideración, de aprobarlo al menos
107 de los 212, este Poder los declarará aprobados en lo general y serán
remitidos a la Gaceta Oficial del Estado para su publicación y entrada en
vigencia.
Este Dictamen registró 44 votos a favor, sin
votos en contra o abstenciones.