El TEPJF confirma la victoria del candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia” para diputación federal por el distrito 3 de Yucatán
*La
Sala Superior determinó que era procedente anular la votación recibida en dos
casillas, cuyas mesas directivas fueron integradas indebidamente.
*Si
bien el Pleno realizó la recomposición del cómputo, su resultado confirmó como
ganador al candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”.
Tribuna Libre.- El Pleno de la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad
de votos, realizar la recomposición del cómputo y confirmar el ganador de la
diputación federal por el distrito electoral 03 del Estado de Yucatán.
Los resultados electorales en el distrito
federal 3 de Yucatán determinaron como ganador al candidato postulado por la
coalición “Por México al Frente”, quien obtuvo una ventaja de solamente 79
votos sobre el candidato registrado por la coalición “Juntos Haremos Historia”.
Los partidos políticos Nueva Alianza (PANAL), Acción Nacional (PAN) y Morena
promovieron juicios de inconformidad para convertir estos resultados
electorales.
La Sala Regional Xalapa confirmó los
resultados de la votación recibida en las casillas controvertidas por PANAL (en
el SX-JIN-39/2018). Sin embargo, determinó modificar el cómputo distrital, en
virtud de resultar procedente la corrección de errores aritméticos ocurridos en
cinco casillas y haberse anulado la votación recibida en otras seis, por lo que
declaró que existía cambio de ganador, revocó la constancia de mayoría emitida
a favor de los candidatos postulados por la coalición “Por México al Frente” y
ordenó que se expidiera una nueva a la fórmula postulada por la coalición
“Juntos Haremos Historia” (en los -JIN-40/2018 y SX-JIN-41/2018, acumulados).
Los partidos PAN, Morena y PANAL promovieron
recursos de reconsideración, para convertir las sentencias emitidas por la Sala
Xalapa, alegando, entre otros, indebido análisis de la causal de nulidad de
votación recibida por personas no autorizadas.
Al resolver el SUP-REC-782/2018 y acumulados,
la Sala Superior determinó que, en efecto, la Sala Xalapa realizó un análisis
deficiente de la nulidad en dos casillas, en las que las personas que se
desempeñaron como tercer escrutador no aparecieron en la lista nominal de la
correspondiente sección electoral. Las magistradas y magistrados consideraron
que, al no estar controvertido este hecho, se acreditaba que las mesas
directivas de esas casillas estuvieron integradas debidamente, ya que la
legislación electoral exige que, para que los ciudadanos estén facultados para
recibir la votación el día de la jornada electoral, deben estar inscritos en la
lista nominal correspondiente a la sección electoral en que participan. De ahí
que el Pleno determinó anular la votación recibida en las casillas mencionadas
y, con ello, realizar la recomposición del cómputo.
Conforme al ejercicio realizado, se obtuvo
que entre el primero y segundo lugar (coalición “Juntos Haremos Historia” y
coalición “Por México al Frente”, respectivamente) existe una diferencia de 426
votos. Por tanto, la coalición “Juntos Haremos Historia” mantuvo el triunfo en
el distrito electoral federal 3 del estado de Yucatán, con cabecera en Mérida.
En consecuencia, la Sala Superior revocó las
sentencias de la Sala Xalapa en las que se realizaron modificaciones al cómputo
distrital, realizó una recomposición de dicho cómputo y confirmó como ganador
al candidato postulado por coalición “Juntos Haremos Historia”.