Sala Monterrey decide diversas impugnaciones de ayuntamientos y anula la elección de Huimilpan y Querétaro
Tribuna Libre.- La Sala Regional,
decidió 64 juicios promovidos para controvertir resultados electorales de
ayuntamientos. En la mayoría de los asuntos decididos, el órgano de revisión
constató que las asignaciones se realizaron por los institutos electorales
estatales sin revisar los límites de sobre y sobre presentación que impone la
Constitución. Ante ello, fue necesario que la Sala realizara la corrección
respectiva y determinara las asignaciones de regidurías de representación
proporcional, constatando primero, la asignación de regidurías que correspondía
a cada opción política, por partido político, no por coaliciones, puesto que para
la representación proporcional los votos cuentan por partido y no por coalición
o alianza.
En el caso de la
elección de Tamazunchale, se consideró reintegrar el triunfo a la planilla
postulada por San Luis al Frente, al validarse cuatro casillas que habían sido
anuladas en la instancia local, por estimarse que la fe de hechos de una
posible coacción de votos, en primer orden, no cumplía con elementos
indispensables para demostrar la coacción aludida, ni demostraba la
determinancia de una posible conducta irregular. Al ser prueba única, pues no
se hicieron constar por los representantes partidistas ni por los funcionarios
de casilla, incidencias que hicieran referencia a lo que la fe de hechos
mencionaba, se estimó que esa prueba por sí sola, aun siendo una fe de notario
público, era insuficiente para privar de valor el sufragio de los ciudadanos depositado
en esos cuatro centros de votación.
En la sesión de
esta fecha, se determinó anular la elección del ayuntamiento de Huimilpan, en
el estado de Querétaro, dado que la candidata electa utilizó en la difusión de
su campaña símbolos religiosos y expresiones de fe, violentando con ello el
mandato constitucional de separación iglesia-Estado, de manera que aun cuando
la diferencia con el segundo lugar era amplia, al violarse el principio de
laicidad, procedió declarar la anulación de los comicios.
Finalmente, la
Sala Regional Monterrey declaró la nulidad de la elección del ayuntamiento de
Querétaro, en este caso, al demostrarse que el presidente municipal interino
violentó el principio de equidad en la contienda, al difundir actos de campaña
del presidente municipal que en vía de reelección competía para el cargo,
dejando con ello de salvaguardar el principio constitucional de neutralidad,
que impone a los funcionarios de todos los niveles de gobierno abstenerse de
influir en el proceso electoral.
En el expediente
se documentó en forma suficiente, que durante el periodo de campaña, el
presidente municipal interino realizó recorridos por distintas colonias,
acercándose a la gente para conocer sus necesidades y promoviendo acciones del
gobierno que encabezaba, y que había encabezado el entonces candidato a alcalde
con licencia, antes de separarse del cargo para hacer campaña.
La conducta de
difusión de acciones de gobierno que se documentó, ocurrió prácticamente
durante todo el periodo de campañas, pues al menos obraban en el expediente
constancias de publicaciones en las redes sociales del funcionario en cita, de
los días 13, 15, 17, 23, 24, 25, 29 y 31 de mayo; así como del 1, 6, 8, 12, 14,
20 y 22, de junio, tiempo en el cual, todos los programas de gobierno municipal
debían cumplir con la veda electoral, lo que no ocurrió así.
Ante estas pruebas
y el estrecho margen de distancia en los resultados, la violación al principio
de equidad en la contienda se consideró determinante para anular la elección,
debiéndose convocar a comicios extraordinarios.
Durante la sesión,
se resolvieron 26 juicios ciudadanos, 2 juicios electorales y 36 juicios de
revisión constitucional electoral, siendo un total de 64 medios de impugnación.
La Sala Monterrey
del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral
dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de
Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí,
Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle
Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y
Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.