*Fue
turnada a la Comisión de Hacienda del Estado para su análisis y dictamen.
Xalapa, Ver. | 26 enero de 2018
Tribuna Libre.- El gobernador Cuitláhuac García Jiménez puso
a consideración de la LXV Legislatura, una iniciativa con proyecto de decreto
que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Coordinación Fiscal para el
Estado y los municipios de Veracruz.
La iniciativa publicada en la Gaceta
Legislativa número 17, propone la adición de los artículos 8 Bis, 8 Ter y 17
Bis, que quedarían como sigue:
Artículo 8 Bis. el Gobierno del Estado, por
conducto de la Secretaría, deberá publicar anualmente en la Gaceta Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado, el "Acuerdo por el que se da a conocer el
Calendario de Entrega, Porcentaje, Fórmulas y Variables utilizadas, así como
los montos estimados que recibirá cada municipio del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave", mismo que señalará de manera clara y didáctica, la
información completa y detallada de las participaciones que el Estado tenga
obligación de participar a sus municipios, las variables, fuentes de
información, valores y métodos de cálculo utilizados para distribuir las
participaciones, por cada uno de los fondos e incentivos.
Artículo 8 Ter. El Gobierno del Estado, por
conducto de la Secretaría, pondrá a disposición de los municipios que lo
requieran, la información necesaria que les permita comprobar la correcta
determinación de sus factores de participaciones e incentivos económicos
derivados del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal
Federal, así como el monto de los mismos.
Artículo 17 Bis. El Gobierno del Estado, a
través de la Secretaría, participará el 100% de la recaudación del impuesto
sobre la renta, correspondiente a los municipios y a sus organismos municipales
que lo hayan enterado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por
salarios pagados con recursos propios o participaciones federales, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 3-B de la Ley de Coordinación
Fiscal.
La participación correspondiente a los
municipios se realizará de conformidad con la información de montos que
proporcione la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que en caso de ajustes
derivados de diferencias en el entero de dicho impuesto respecto de algún
municipio o municipios, la Secretaría realizará los descuentos con cargo a la
ministración correspondiente a las ministraciones subsecuentes, informando a
dichos municipios de la instrucción recibida por la Unidad de Coordinación
señalada.
En la exposición de motivos, el Ejecutivo del
Estado cita el penúltimo párrafo del artículo 6 de la Ley de Coordinación
Fiscal, que establece que los Gobiernos de las entidades federativas, a más
tardar el 15 de febrero, deberán publicar en su periódico oficial, así como en
su página de internet, el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas,
variables utilizadas y los montos estimados de las participaciones que las
entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus
municipios;
En tanto, La Ley de Coordinación Fiscal para
el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave, en sus artículos
9, 10, 11, 12 y 14, establece los porcentajes, variables y fórmulas, mediante
los cuales deben repartirse entre los municipios de Veracruz de Ignacio de la
Llave, los recursos provenientes del Fondo General de Participaciones
Municipales, del Fondo de Fomento Municipal, Impuesto Sobre Automóviles Nuevos,
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Fondo de Fiscalización y
Recaudación, Ingresos derivados de la aplicación del artículo 4-A de la Ley de
Coordinación Fiscal y Fondo de Extracción de Hidrocarburos.
El diputado presidente de la Mesa Directiva,
José Manuel Pozos Castro, turnó la iniciativa
a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado para su análisis y
dictamen.