Expresiones y fotografía publicada en la cuenta de Facebook de candidato, se encuentran en el margen de protección de la libertad de expresión
Ciudad de México. | 28 junio de 2018
Tribuna Libre.- El Pleno confirmó la sentencia impugnada por
el Partido Acción Nacional en contra de la sentencia del Tribunal Electoral de
Aguascalientes, que determinaba la inexistencia del uso de símbolos religiosos
en propaganda electoral, atribuida por el Partido Libre de Aguascalientes al
entonces candidato a la presidencia municipal de Calvillo.
Lo anterior, porque el análisis de la
controversia sobre el uso de símbolos religiosos, cuando se presentan por
publicaciones en redes sociales, debe partir de la presunción de espontaneidad,
y en el caso no se advirtieron elementos para desvirtuar esa presunción.
Ello, porque no existían elementos para
concluir que las expresiones y fotografía publicada en la cuenta de Facebook
del entonces candidato se emitieron más allá de una situación circunstancial
durante la celebración de Semana Santa, pues no se señalan elementos que tengan
intención de hacer un llamado al voto a su favor o coacción a sus seguidores o
influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, pudiendo afectar la
libertad de sufragio y por tanto se encuentran protegidos por la libertad de
expresión.
Por otra parte, en diverso juicio electoral
promovido por el Partido Acción Nacional en contra de una resolución del
Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, en la cual determinó sancionar
a Daniel López Ponce y al Partido Libre de Aguascalientes por considerar que el
ciudadano realizó diversas publicaciones en redes sociales donde aparecían
menores de edad, sin contar con las autorizaciones legalmente exigidas, al
respecto, los Magistrados de este órgano de decisión determinaron revocar la
sentencia del Tribunal Local tras advertir que por lo que hace al candidato
denunciado, la multa mínima que el Tribunal Local impuso es insuficiente para
proteger el bien jurídico tutelado pues el propio Tribunal reconoció que la
falta era grave.
Durante la sesión, el Pleno resolvió tres
juicios electorales.